Arrendamientos de una habitación de la casa sita en el barrio de Allende otorgados por Pascual de Olarte en favor de Pascual Campo, por periodos de 1 año a razón de 380 reales o 700 pesetas cada uno de ellos.
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Arrendamiento de la casa de la calle Fuente otorgado por Pascual de Olarte en favor de Venancio Valle, por un periodo de 1 año a razón de 600 reales.
UntitledArrendamientos de seis heredades, sitas en la jurisdicción de Miranda de Ebro, otorgados por Lope de Olarte en favor de José Arbaizar, por un periodo de 4 años a razón de 7 fanegas y media u 8 fanegas de trigo y cebada cada uno de ellos.
UntitledArrendamiento de una heredad, sita en la jurisdicción de Miranda de Ebro, otorgado por Lope de Olarte en favor de Benjamín Torre Guinea, por un periodo de 4 años a razón de 2 fanegas y media de trigo cada uno de ellos.
UntitledArrendamiento de siete heredades, sitas en la jurisdicción de Miranda de Ebro, otorgado por Lope de Olarte en favor de Leoncio La Calle, por un periodo de 2 años a razón de 13 fanegas y 4 celemines de trigo y cebada cada uno de ellos.
UntitledArrendamiento de la tienda de la calle de la Cruz, de propiedad de Ysidoro González, otorgado por Lope de Olarte en favor de Braulio Barahona, a razón de 1.000 reales y con la obligación de vender el vino del señor Olarte.
Fotocopia.
Arrendamientos de varias heredades, sitas en la jurisdicción de Foncea, otorgados por Pascual de Olarte en favor de Antonino Urrecho, por un periodo de 9 y 6 años a razón de 6 fanegas de trigo y 11 fanegas y 6 celemines de trigo cada uno de ellos.
Contiene:
Razón de las heredades que labró Josefa López.
Arrendamiento de la casa y caserías de Irure, sitas en la anteiglesia de Axpe, con todas sus heredades y manzanales propiedad de Pedro Sáenz de Azcuenagaguerra, vecino de Durango, por Santorun de Olazábal y su mujer Marina de Asteiza, vecinos de la Merindad de Durango, por tiempo de 6 años y pago de una renta anual de 200 reales en dinero, más la divisa que dicha casa debe a la Casa de Marzana y los repartimientos ordinarios de la dicha anteiglesia.
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Arrendamiento de los frutos pertenecientes a los diezmos de trigo, maíz, legumbres y ganado de la Abadía rural de Huartejauregui de Amezqueta dada por Martín de Galarraga y José Mateo de Mendizábal, presbíteros y vecinos de Tolosa, en nombre y representación de Tomás Ruiz de Robles, presbítero capellán de la Iglesia Colegial de Santa María de Vitoria y residente en ella, y abad de la Iglesia rural de Nuestra Señora de Ugarte, sita en Ugarte, jurisdicción de Amezqueta, a Joaquín de Usarralde y su mujer Rita Ventura de Urtesábel, vecinos tambien de Tolosa, por espacio de 1 año y una renta anual de 365 ducados de vellón, más las pagas del subsidio, excusado y contribución al seminario conciliar.
Copia.
Arrendamiento de quince heredades en términos de la jurisdicción de Crispijana, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por María de Izarra, viuda y vecina de dicho lugar, y su hijo Pedro de Urrutia, vecino de Gobeo, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 3 fanegas y media de trigo.
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