Condiciones del arrendamiento de la ferrerría y mitad del molino de Plaza, pertenecientes al Vizconde de Santo Domingo de Ibarra.
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Arrendamiento
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Condiciones del arrendamiento de la casa de Eguiaguen por parte de José Joaquín Gaytán de Ayala en favor de Pedro Antonio de Badiola y Bernardo de Churruca.
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Cláusulas de unas escrituras de arrendamientos de unas heredades en Asteguieta, propiedad del Marqués de la Alameda [Bartolomé Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano], en la que se especifica por cuenta de quien se deben de reparar y reforzar los ribazos de las heredades arrendadas y del reconocimiento que mandó hacer el Marqués el año 1771.
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Bases para el arriendo de las viñas de Micaela Ceballos Marroquín.
Incluye: Relación de viñas propiedad de Micaela de Ceballos Marroquín y cuentas entre ella y su apoderado Francisco Oribe (3 fol.).
Arrendamientos perpetuos otorgadas por Juan y Juan García de la Torre, mayor y menor, en favor del Monasterio de Santa María de Obarenes, a cambio del uso de varias heredades del Monasterio.
Copias autentificadas dadas por los escribanos Roque de Encío y Pedro Rubio en Santa Gadea y Pancorbo entre 1712 y 1741.
Contiene:
- Imposición de un censo perpetuo de 2 fanegas y media de trigo de renta anual, ante el escribano Pedro Rubio, fechada en el Monasterio de Santa María de Obarenes el 21 de marzo de 1741.
- Imposición de un censo perpetuo de 3 fanegas de trigo de renta anual, ante el escribano Roque de Encío, fechada en el Monasterio de Santa María de Obarenes el 12 de septiembre de 1712.
- Imposición de un censo perpetuo de 2 fanegas de trigo de renta anual, ante el escribano Pedro Rubio, fechada en el Monasterio de Santa María de Obarenes el 21 de agosto de 1718.
- Imposición de un censo perpetuo de 5 fanegas de trigo de renta anual, ante el escribano Pedro Rubio, fechada en el Monasterio de Santa María de Obarenes el 21 de marzo de 1741.
- Reconocimiento de los censos perpetuos por parte de María Cruz García de la Torre y Francisco Garoña, ante el escribano Francisco Toribio, fechado en el Monasterio de Santa María de Obarenes el 26 de marzo de 1789.
- Reconocimiento de los censos perpetuos por parte de Francisco Martinez de Pancorbo y Julián Cantón, ante el escribano Martín de Suso, fechado en Encío el 20 de junio de 1829.]
Arrendamientos de varias heredades, en la jurisdicción de Nanclares de la Oca, otorgados por Pascual de Olarte en favor Manuel Loizaga, por un periodo de 8 años a razón de 2 fanegas de trigo y 2 de cebada cada uno de ellos.
FAMILIA OLARTE [#fam0000000FSS0000000000000307105#]Arrendamientos de varias heredades, sitas en la jurisdicción de Foncea, otorgados por Pascual de Olarte en favor de Antonino Urrecho, por un periodo de 9 y 6 años a razón de 6 fanegas de trigo y 11 fanegas y 6 celemines de trigo cada uno de ellos.
Contiene:
Razón de las heredades que labró Josefa López.
Arrendamientos de varias heredades, en las jurisdicciones de Orón y Miranda de Ebro, de propiedad de Pascual de Olarte.
Contiene:
- Arrendamiento otorgado en favor de Venancio Tobalina, por un periodo de 9 años a razón de 9 fanegas de trigo y 9 de cebada cada uno de ellos, fechado en Miranda de Ebro el 4 de septiembre de 1862.
- Arrendamiento otorgado en favor de Vicente Mijangos, por un periodo de 9 años a razón de 9 fanegas de trigo y 9 de cebada cada uno de ellos, fechado en Miranda de Ebro el 16 de septiembre de 1864.
- Arrendamiento otorgado en favor de Antonio Pereda, por un periodo de 9 años a razón de 3 fanegas y 6 celemines de trigo y otras tantas de cebada cada uno de ellos, fechado en Miranda de Ebro en septiembre de 1862.
Arrendamientos de una heredad en Villagonzalo otorgada por Mariano Arnanz Galindo, como administrador de Manuel Miquel, en favor de Lucio Mateos Hernández por un periodo de 4 años a razón de 8 fanegas de trigo y otras tantas de cebada por cada uno de ellos.
FAMILIA YRÍZAR-PALACIOS [#fam0000000FSS0000000000000422010#]Arrendamientos de una habitación de la casa sita en el barrio de Allende otorgados por Pascual de Olarte en favor de Pascual Campo, por periodos de 1 año a razón de 380 reales o 700 pesetas cada uno de ellos.
FAMILIA OLARTE [#fam0000000FSS0000000000000307105#]