Arrendamiento de unas casas con su rain y demás pertenencias, sita en Hueto Arriba, y diferentes heredades en sus términos, dado por Cristóbal Narciso [Orti] de Urbina [Ruiz de Zurbano], presbítero y canónigo de la Iglesia Colegial de Santa María de Vitoria, a favor de Francisco Ochoa de Eribe, que ya las había llevado en arriendo juntamente con su mujer, y de su hijo Francisco Ochoa de Eribe [López de Berrosteguieta], vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta de 9 fanegas de trigo blanco y valenciano, por mitad, el primer y último año y los demás 18 fanegas de trigo cada año de igual calidad.
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Arrendamiento
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Arrendamiento de veinte heredades en términos de la jurisdicción de Cucho, propiedad de Cristóbal [Ortiz] de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por José Fernández y María de Iturrialde, viuda, ambos vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 6 fanegas de trigo.
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Arrendamiento de una heredad en el término de Lepazarra o Avendaño, jurisdicción de Vitoria, propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, por Lorenzo López de Armentia, como principal, y Juan de Aguirre, como su fiador, ambos vecinos de dicha ciudad, por 9 años y pago de una renta anual de 3 fanegas y media de trigo blanco y valenciano.
UntitledPrórroga del arrendamiento de treinta y cuatro heredades sitas en Guereña, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Juan de Ayala, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 8 fanegas y media de trigo.
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Incluye: Arrendamiento por Juan de Ayala, vecino de Guereña, de treinta y cuatro heredades que yá labraba, sitas en términos de la jurisdicción de dicho lugar, propiedad de José Antonio de Zárate Quevedo, vecino de Madrid, representado en este acto por su apoderado Pedro Antonio de Mendívil, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 8 fanegas y media de trigo, fechada en Vitoria el 10 de junio de 1717 ante el escribano José de Aguirre (2 fol.).
Arrendamiento de una heredad de cuatro yugadas en el término de Uriarte, jurisdicción de Aberásturi, propiedad de Cristóbal Narciso de Urbina [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], arcediano y canónigo de la Iglesia Colegial de Santa María de Vitoria, por Clemente López de Erenchun, vecino de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 1 fanega de trigo.
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Arrendamiento de diferentes heredades sitas en términos de Guereña, propiedad de José Antonio de Zárate Quevedo, vecino de Madrid, representado en este acto por su apoderado Pedro Antonio de Mendívil, por Domingo de Arróyabe y su mujer Catalina de Mendoza, vecinos de dicho lugar, que yá las labraban, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 17 fanegas de trigo.
UntitledArrendamiento de una casa con su era, huerta, rain y bodega sita en Villa Alegre, y 9 pedazos de heredades en jurisdicción de dicha villa, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Bernardo Ibáñez de Garayo, vecino de Villa Alegre, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 8 fanegas de trigo el primer año y los demás de 10 fanegas.
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Arrendamiento de una casa con su huerta, era, rain y tejavana sita en Andollu y nueve heredades en términos de su jurisdicción, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Juan Díaz de Oreitia y Francisco Pérez de Junguitu, vecinos de Andollu, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 9 fanegas y media de trigo.
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Contiene:
-Declaración de Juan Díaz de Oreitia de los bienes que existen en la casa que recibe en renta, fechada en Vitoria el 10 de abril de 1736.
- Anotaciones de Cristóbal Ortiz de Urbina Alegría sobre este arriendo.
Arrendamiento de treinta y cuatro heredades sitas en términos jurisdiccionales de Aprícano y Ullibarri, que fueron del vínculo fundado por Francisco de Eguíluz y actualmente son propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], regidor y vecino de Vitoria, por Simón López y su hijo Domingo, moradores de Aprícano, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 3 fanegas y media de trigo.
UntitledArrendamiento de treinta y cuatro heredades sitas en términos de la jurisdicción de Aprícano, propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, por Miguel Martínez de Santos, vecino de Aprícano, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 3 fanegas y media de trigo.
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