Prórroga del arrendamiento de una casa llamada La Torre y de otra casita contigua a ella con todas sus pertenencias, sitas en Guereña, por Juan de Ayala, vecino de dicho lugar, y de trece heredades en los términos del mismo lugar por dicho señor y por su convecino Domingo de Arróyabe, propiedades de Cristóbal de Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 9 fanegas y media de trigo, el primero, y de 5 fanegas y media, el segundo.
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Incluye: Arrendamiento de una casa llamada La Torre y de otra casita contigua a ella con todas sus pertenencias, sitas en Guereña, por Juan de Ayala, vecino de dicho lugar, y de trece heredades en los términos del mismo lugar por dicho señor y por su convecino Domingo de Arróyabe, propiedades de José Antonio de Zárate [Quevedo], caballero de la Orden de Alcántara, secretario de su majestad y su juez conservador del patrimonio real del Reino de Sicilia y natural de Vitoria, representado en ese acto por su tío y apoderado, Eugenio de Tróconiz, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 9 fanegas de trigo el primero de los inquilinos y de cinco fanegas y media el segundo, fechado en Vitoria el 3 de abril de 1712 ante el escribano Juan Antonio de Maturana (4 fol.)
Arrendamiento
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Arrendamiento de unas casas con su cobertizo, era, huerta y heredades, sitas en Guereña y su término jurisdiccional, propiedad de Fernando de Zárate, vecino de Vitoria, por Andrés García de G[e]reña, vecino de G[e]reña, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 24 fanegas de trigo.
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Arrendamientos de una casa recien construida sita en Guereña y diferentes heredades en su término jurisdiccional, que antes labraban María de Estadillo, Francisco [García] de Guereña y Lorenzo de Ayala, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], por Ventura de Arróyabe y su padre Domingo, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pagos de una renta anual de 30 fanegas de trigo por la casa y unas heredades y por otras 22 fanegas y media y prórroga del mismo por otros nueve años y el pago de la misma renta a María Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], viuda de Cristóbal, como usufructuaria y administradora de todos los bienes que éste dejó.
Incluye: Relación de las heredades, sitas en los términos de la jurisdicción de Guereña, que llevan en arrendamiento Lorenzo de Ayala, Francisco García de Guereña, María de Estavillo y Juan de Ayala, vecinos de dicho lugar, según el apeo judicial que hizo [José de] Sarralde el año 1723 por orden de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría]. (21 fol.).
Arrendamientode quince heredades sitas en términos de la jurisdicción de Guereña dado por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, a Juan Antonio de Ayala y Francisco de Insagurbe, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 7 fanegas y media de trigo.
Sem títuloArrendamiento de una casa con su era y demás pertenencias y cincuenta y seis heredades sitas en jurisdicción de Guereña, propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria, por Domingo [Martínez] de Sarría, vecino de dicho lugar, y Lorenzo de Ayala, residente en Legarda, por tiempo de 10 años y pago de una renta anual de 3 fanegas y media de trigo la casa con sus pertenencias y las heredades por 9 años y 18 fanegas y media de trigo de renta anual y dos prórrogas del mismo dadas por el Marqués de la Alameda a Domingo y su mujer María Concepción Íñiguez de Ciriano por 9 años cada una y pago de una renta anual de 20 fanegas de trigo.
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Arrendamiento de quince heredades sitas en términos de Guereña dado por Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria,a Julián de Gamarra y Baltasar Martínez de Sarría, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 9 fanegas de trigo.
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Arrendamiento de una casa con su huerta, rain y todas sus pertenencias y setenta y dos heredades, repartidas en 86 porciones, todo ello sito en Guereña, las mismas que hasta ahora había tenido en arriendo Francisco de Insagurbe, dado por Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda, vecino de Vitoria y residente en Madrid,a Julián de Gamarra y Baltasar Martínez de Sarría, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 28 fanegas de trigo.
Traslado
Prórroga del arrendamiento de una casa con sus pertenencias y cuarenta y tres heredades, todo ello sito todo ello en términos de la jurisdicción de Otaza, y nuevo arrendamiento de tres heredades sitas en los de Antezana y Guereña dado por Cristóbal Ortíz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, a sus actuales inquilinos Pedro del Campo y su mujer Antonia [Martínez] de Cestafe, vecinos de Otaza, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 20 fanegas y cuarta de trigo, mitad blanco y mitad valenciano y prórroga del mismo, por otros 9 años y el pago de la misma renta dada por Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], viuda de Cristóbal, como usufructuaria de los bienes dejados por este.
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Arrendamiento de una casa sita cerca de la iglesia parroquial de Guereña con sus pertenencias, era, huerta, rain y 72 pedazos de heredades sitas en términos y confines de dicho lugar, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Juan Izarra, Bartolomé de Sarría y María de Estavillo, viuda y vecinos del citado lugar, y su convecino Gregorio Díaz de Sarralde, como fiador, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 12 fanegas de trigo el primer año y en los ocho restantes de 25 fanegas de trigo.
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Incluye: Recibo otorgado por los vecinos de Guerrña a favor de Juan de Izarra por haberles abonado 15 reales de vellón por un pedazo que le vendieron para añadir a la era y rain de la casa de Bartolomé de Urbina, fechado de Guereña el 2 de enero de 1745 (1 fol.).
Arrendamiento de cincuenta y cinco heredades sitas en los términos jurisdiccionales de Guereña, dado por María Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria],viuda de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], como usufructuaria y adminstradora de todos los bienes que éste dejó, a Lorenzo de Ayala, Francisco González de Mandojana y Miguel de Zabarte, vecinos de Legarda, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 10 ganegas de cebada el primer año y los 8 restantes 18 fanegas de trigo.
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