Arrendamiento de una casa con su era, huerta, rain y bodega sita en Villa Alegre, y 9 pedazos de heredades en jurisdicción de dicha villa, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Bernardo Ibáñez de Garayo, vecino de Villa Alegre, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 8 fanegas de trigo el primer año y los demás de 10 fanegas.
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Arrendamiento
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Arrendamiento de la casa torre de Marzana, sita en la calle Goiencalle de Durango, con su huerta, un solar y una sepultura en la Iglesia Parroquial de Santa María de Uribarri de dicha villa, propiedad de Íñigo Ortés de Velasco Salcedo, del Consejo de Su Majestad, oidor de la Real Chancillería de Granada y vecino de Orduña, por Juan José de Echeandía y su mujer María Ignacia de Múzquiz, vecinos de dicha villa, por espacio de 8 años y una renta anual de 440 reales de vellón, y con la autorización de poder subarrendarla.
Traslado
Arrendamiento de la Ferrería de Marzana con su molino, huerta y heredades, sita en Marzana, propiedad de Íñigo Ortés de Velasco [Salcedo], oidor de la Chancillería de Granada y vecino de Orduña, por Pedro Antonio de Asúa, vecino de Durango, por tiempo de seis años y una renta anual de 100 pesos de vellón.
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Arrendamiento de una casa con molino, huertas, tejavana y era con once heredades sitas en jurisdicción de Gopegui, correspondientes al Vínculo de Murguía, cuyo poseedor actual es Valentín de Verástegui [Varona], vecino de Vitoria, a Damián Ciriano, vecino de Gopegi, por tiempo de tres años y pago de una renta anual de 700 reales de vellón.
Contiene:
- Razón de las heredades de este arriendo sitas en Larrinoa, Ondátegui y Gopegui, según el apeo realizado en 1864, con un croquis en el que se especifica el nombre del término en el que se encuentran, orientación, medidas y sembradura y cabida. - Una declaración de Julián de Ayala sobre el inquilino nuevo de la casa de Ocaranza, fechada en Manurga en octubre de 1872.
Arrendamiento de una casa con su huerta y cabaña y treinta y seis heredades sitas en Cucho, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Esteban Lejoste y su mujer Manuela de Espileta, vecinos de Cucho, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 10 fanegas y media de trigo y tres prórrogas del mismo, por el mismo tiempo y pago de una renta anual de 9 fanegas y media de trigo, la última de ellas dada por Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], como usufructuaria de los bienes dejados por su marido, el citado Cristóbal.
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Incluye: Apeo de las heredades que recibe en renta Esteban de Lejoste de Cristóbal Ortiz de Urbina (2 fol.).
Arrendamiento de una casa con huerta y era y veintitrés heredades, más 10 heredades de los bienes libres, todo sito en términos de la jurisdicción de Murg uía, propiedad de Valentín de Verástegui [Varona], vecino de Vitoria, a Santiago Aspe y Andrés de Vea, vecinos de dicha villa, por tiempo de nueve años y pago de una renta anual de 14 fanegas de trigo valenciano.
MARQUÉS DE LA ALAMEDA [#fam0000000FSS0000000000000583320#]Arrendamiento de una casa sita en Cucho, con su huerta, era y demás pertenencias, propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, por Dionisio de Villanueva, natural de Añastro, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 2 fanegas y media de trigo.
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Arrendamiento de una casa con su era, cabaña y huerta, sita en Subijana de Morillas, y la parte que le pertenece en los molinos viejos de Morillas dado por Bartolome José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], vecino de Vitoria, a Roque de Uzquiano, cirujano y morador en dicha villa, durante el tiempo que permaneciese de cirujano en la citada villa y pago de una renta anual de 3 fanegas de trigo, mitad blanco y mitad valenciano.
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Arrendamiento de una casa con su huerta, rain y tejavana en Villa Alegre, y nueve pedazos de heredades sitas en su términos jurisdiccionales, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Bernardo Ibáñez de Garayo y Juan Miguel de Zárate [Sáenz de Berrosteguieta], vecinos de Villa Alegre, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 10 fanegas de trigo.
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Arrendamiento de una casa con su huerta, era, cabaña y una casita para ganado en Otaza y cincuenta y tres heredades, en los términos jurisdiccionales de dicho lugar, dado por Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, a Antonia de Trespuentes, viuda y vecina de dicho lugar y su hija María [Martínez] de Cestafe, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 26 fanegas de trigo, mitad blanco y mitad valenciano y prórroga del mismo a dicha señora y a su hijo Francisco por otros 9 años y la misma renta anual.
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