Declaración de Beltrán Bidaubigue acerca del cambio que hizo de los vales reales de Juan Carlos de Aréizaga, ante el escribano Juan Lucas de Riezu.
Inserto:
Petición realizada por Simón de Garde, procurador de Pascual Antonio de Orendain, para que Beltrán Bidaubigue declarase sobre la ejecución de los vales reales, fechada en Pamplona el 30 de marzo de 1802.
Contiene:
Recibo otorgado por Pascual Antonio de Orendain, Juan Francisco de Ciriaco y Juan Antonio de Arizabalo en favor de Juan Carlos de Aréizaga, fechado en Goizueta el 3 de abril de 1802.
Declaración
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Declaración de Antonio Ruiz de Erenchun, vecino de Murua, de que ha vendido y entregado a Justo Pastor de Asteguieta [Díaz de Sarralde] 24 carros de cal a precio de 28 reales cada uno y que ha recibido de él el dinero, comprometiéndose a entregarle la piedra que salga de dicha cal.
UntitledDeclaración de Justo Pastor de Asteguieta [Díaz de Sarralde], vecino de Vitoria, de haber ofrecido un vale real de 150 pesos a la que fue su criada, Manuela Ochoa de Echagüen, natural de Echagüen, por motivo de su matrimonio con Nicolás Hortizde Zárate, vecino de Murua, hallándose él en posesión de dicho vale y quedando a disposición de los anteriores.
Contiene: Recibo emitido por Nicolás Hortiz de Zárate de haber recibido de manos de Justo Pastor de Asteguieta [Díaz de Sarralde] el vale real mencionado anteriormente, fechado en Foronda el 11 de abril de 1814.
Parecer favorable a la petición de Juan de Alduncín del licenciado Balanza sobre la donación que Miguel de Alduncín, su abuelo, realizó a Juan de Alduncín, su padre, y los censos que cargan sobre dicha herencia.
Inserto:
Solicitud de Juan de Alduncín.
Déclaration des Droits et des Devoirs de la Personne Humaine=Declaración de Derechos y Deberes de las Personas Humanas.
UntitledConclusions de la Troisième Commission=Conclusión del Tercer Comité sobre los derechos de libertad de las personas humanas.
Untitled“Declaración de principios del Partido Nacionalista Vasco” emitida tras la asamblea celebrada en Pamplona en 1977.
Fotocopia.
Declaración emitida por la Association du personnel de l´Unesco para los delegados de la Unesco. Repartida en la XVIII sesión de la Conferencia General de la Unesco.
UntitledReconocimiento y declaración de los bienes y herramientas y su estado de las ferrerías de Alduncín realizado por los peritos Ignacio de Michelena, Miguel de Arocena, Ignacio de Zarbuno y José de Minondo, nombrados por Juan del Espinal, administrador de la Casa Real de Roncesvalles, y Juan Antonio de Sarasti, arrendatario de dicha ferrería, a causa de la entrega que el primero tiene que realizar, ante el escribano Martín José de Sampaul.
Inserto:
Auto de nombramiento de los peritos, fechado en Goizueta el 3 de octubre de 1721.
Traslado sacado por el mismo escribano fedatario.
Certificado emitido por los Tres Estados del Reino de Navarra por el cual se reconoce como natural navarro a Joaquín Antonio de Alduncín, permitiéndole gozar de todos los honores, libertades, inmunidades y privilegios que dicho reconocimiento otorga.
UntitledDeclaración de Magdalena de Barroeta sobre el pago de un censo de 2.000 ducados por parte de su hermana María, la cual hasta ahora le pagaba unos réditos de 100 ducados al año y a partir de ahora abonaría 60, ante el escribano Juan García de Lobiano.
UntitledDeclaración de Francisco de Olabe, vecino de Jeméin, por la cual se comprometía a no reclamar a José Joaquín Gaytán de Ayala el pago de un censo de 1.800 ducados de principal y 594 reales de rédito anual que radicaba sobre la casería de Beláustegui, propiedad de dicho José Joaquín, y que pasaba a radicar sobre los bienes de Domingo de Chopitea y su fiador, ante el escribano José Andrés de Madariaga.
Copia dada por el mismo escribano fedatario en Durango el 14 de septiembre de 1836.
Contiene:
Toma de razón en el Registro de Hipotecas de Durango, fechada en Durango el 6 de abril de 1836.
Declaración del perito Antonio de Gandarias, vecino de Guernica y nombrado por Domingo de Zuloaga, sobre la tasación de la casería de Beñacoa y sus pertenecidos que había aceptado practicar en unión de Juan Bautista de Ansola, nombrado por José Joaquín Gaytán de Ayala.
UntitledDeclaraciones de fincas rústicas, urbanas y ganadería pertenecientes a Alejandro Gaytán de Ayala en Jeméin, Marquina y Echevarría bajo las responsabilidades que por ocultación imponía el reglamento de contribución territorial de Vizcaya.
Contiene:
- Un formulario sin rellenar.
- Modelo de declaración de contribución industrial de dicho señor en Marquina, fechado en Marquina el 24 de abril de 1910.
Declaración de Martín de Ibarra Ugarte sobre una pendencia en la que había participado en Placencia y en la que se había cortado la mano a una persona con una espada.
UntitledDeclaración sobre los bienes de José Lucas de Eleajalde y la administración de los mismos por parte de Cristóbal de Barroeta y la herencia y alimentos correspondientes a Margarita de Barrota, su mujer.
Copia.
Declaración de José Joaquín Gaytán de Ayala en las diligencias promovidas por Domingo de Muguruza contra Juan Ventura de Ibarzábal sobre embargo de inducción y venta de la casa de Becoechevarría, en cuya finca tenía dicho José Joaquín dominio directo.
UntitledDiligencias y declaraciones sobre la piedra cenizal del sel de Eguiaguen, propiedad de Mariana Joaquina de Barroeta, y el robledal de Cortachupe, propio de María Ignacia de Viteri, y la porción de terreno de éste último que había ocupado dicho sel.
Copia.
Fianzas de Francisco Ramírez, anteriormente escribano del galeón San Felipe, para ejercer el oficio de maestre de jarcias del navío Santo Domingo Rey de Polonia, ante el escribano Antonio de Salcedo.
UntitledDeclaración de Miguel Ignacio de Barroeta sobre los tributos del sel de Asorinarte y la exención de parte de ellos por parte de los dueños de la casa de Elordi, ante el escribano José Benito de Aguirre.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Contiene:
Diligencias practicadas por Juan de Elordi y María de Arcocha, dueños de dicha casa, para la obtención del traslado, fechadas en Marquina el 4 de marzo de 1730.