Permuta realizada entre Sebastián de Arauna, vecino de Elorrio y como apoderado del capitán de corazas Íñigo Ortés de Velasco Puente [Berrio], poseedor de los mayorazgos de la casa solar de Marzana, y María Astola Beitia, viuda de Antonio de Ibargaray y vecina de Abadiano, de unos montes leñeros con su tierra amojonada de 1.566 estados y 98 robles en las cercanías de la casa de Astolabeitia, en jurisdicción de Apatamonasterio, y unos trozos de tierra sueltos por otros dos montes leñeros, uno amojonado de 1.076 estados de tierra con 17 robles y otro de 165 estados, tocante a la casa de Zearretabarrena en el término de Elosubay, también en dicha anteiglesia y otros trozos de heredades sueltos.
Traslado sacado por el escribano José de Amandarro.
Elosubai (Término, Apatamonasterio) [#geo00000000000000000000001517325#]
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Convenio realizado entre Juan Antonio de Amandarro, administrador de la Casa de Marzana, en nombre y como apoderado de su propietario el Conde de Francos [Antonio María Ortés de Velasco Salcedo], y Pedro Lucas de Zabala, encargado de los montes de dicha casa, con Agustín Vicente de Arbaiza, su mujer Catalina de Marcoida y su hijo Andrés de Arbaiza Marcoida, dueños de la casería de Marcoida, por el cual estos pueden construir un molino, tomando el agua del paraje llamado Aguirre, y cediéndose ambas casas algunos estados de tierra, en dicho paraje de Aguirre y en el término de Elosubay.
Incluye: Una carta de Francisco Frade a [Juan Antonio de] Amandarro comunicándole que su patrón ha dado su consentimiento para que la Casa de Marcoida construya un molino y que se reconozca el lugar donde se pretende construirlo, fechada en Orduña (Bizkaia) el 18 de marzo de1771 (1 fol.).
Aprobación por María Ochoa de Iturbe Osa, hija de Juan Ochoa de Iturbe y de Marina de Osa, vecina de Elorrio, casada con Pedro [Pérez] de Leániz [López de Láriz], hijo de Domingo Pérez de Leániz, de una cláusula de su contrato matrimonial comprometiéndose a no enajenar los bienes con los que la dotaron al contraer matrimonio.
Sem títuloEjecutoria librada por la Real Chancillería de Valladolid del pleito litigado entre Andrés de Elorriaga Cortabarría, vecino de Vergara y propietario de las caserías de Cortabarría, por sí y como apoderado de Antonio de Umansoro Maralanda y de su mujer Ana María de Alzolaras Echevarría, vecinos de Azcoitia, y los concejos y vecinos de Vergara y Anzuola acerca de la construcción de dos caserías por dichos concejos en términos del valle de Elosua.
Real Ejecutoria
Contiene: Amojonamiento realizado, el 5 de julio de1685, de las casas nuevas de Urola, en jurisdicción de Elosua, realizado por Pedro Pérez de Irazábal y Miguel López de Elcoro, vecinos de Vergara y peritos nombrados por dicha villa.