Informe sobre los derechos de las partes a la herencia de los Condes de Villafranca [Manuel José Gaytán de Ayala y Vicenta Micaela de Andoin] y especialmente de los pasos a seguir por Serapia Salvatierra para reclamar los derechos de su hijo [Felipe Santiago Gaytán de Ayala] a la misma.
UntitledTestamento de Ramón Gaytán de Ayala por el cual nombraba como su albacesa a su mujer Serapia de Salvatierra y como su heredero a Felipe Gaytán de Ayala Salvatierra, hijo de ambos, ante el escribano Mariano Moretón.
Contiene:
Legalización de la firma del dicho escribano, fechada en Madrid el 24 de noviembre de 1846.
Donación de 15 acciones del Banco de San Carlos, varios objetos de ajuar y 51.000 reales otorgada por José Joaquín Gaytán de Ayala, por sí y en nombre de su madre María Joaquina de Barroeta, en favor de su hermano Ramón y su mujer María Serapia de Salvatierra Torrado, recién casados, ante el escribano Gabriel de Aragón.
Contiene:
Recibo otorgado por el citado Ramón en favor del referido José Joaquín, fechado en Bilbao el 1 de noviembre de 1831.
Certificación de las velación para el matrimonio de Ramón María Gaytán de Ayala y Serapia de Salvatierra.
Contiene:
Legalización de la firma de la certificación, fechada en Vitoria el 16 de octubre 1829.
Certificaciones de la partida matrimonial de Ramón Gaytan de Ayala y Serapia de Salvatierra.
UntitledOficio del 2º Comandante del 4º Regimiento de Granaderos de la Guardia Real de Infantería dirigido a María Serapia de Salvatierra informándole de la concesión por parte de la Reina Gobernadora de la mitad de la paga de su marido, el capitán Ramón Gaytán de Ayala, el cual había sido hecho preso por los rebeldes.
Contiene:
Carta de Pedro Crespo dirigida a dicha señora enviándole el citado oficio, fechada en Madrid el 6 de enero de 1836.
Comunicación de la Capitanía General de Guipúzcoa dirigida a Ramón Gaytán de Ayala informándole de la concesión de licencia para contraer matrimonio con María Serapia Salvatierra.
Traslado dado por el escribano Felipe Ochoa en Tudela a 20 de enero de 1847 a petición de dicha María Serapia para acompañar a la solicitud de su pensión de viudedad.
Certificación de la publicación de las 3 moniciones canónicas y de no existir impedimento para el casamiento de Ramón María Gaytán de Ayala y Serapia de Salvatierra Torrado.
Contiene:
Legalización de la firma de la certificación, fechada en Marquina el 28 de septiembre de 1829.
Certificación de la partida de bautismo de Felipe Santiago Gaytan de Ayala Salvatierra, hijo de Ramón Gaytán de Ayala y María Serapia Salvatierra.
UntitledCarta de José Joaquín [Gaytán de Ayala] dirigida a María Serapia [de Salvatierra], su cuñada, relativa a asuntos familiares.
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