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0010-288-FSS_A.F.A._DEL RIO/N.801 · Item · 1642-09-18
Part of FSS_A.F.A. (1429-7-7/1983-4-5) - ARCHIVO FAMILIAR AMPUERO

Certificado de limpieza de sangre expedido por Cristóbal García de Ocampo, secretario general del consejo general de la Santa Inquisición, otorgado en favor de Baltasar de Carrión de la Peña, hijo de Baltasar de Carrión Rubia y María de la Peña Aguilar, capacitándole para ser oficial y ministro del Santo Oficio de la Inquisición.

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0020-004-FSS_A.U._VILLARREAL DE BERRIZ/N.2145 · Item · 1763-08-18
Part of FSS_A.U. (1288-6-12/1927-1-17) - ARCHIVO URIARTE.

Real Orden relativa a la extralimitación en sus funciones de los tribunales de la Inquisición y disponiendo que no ordenaran a los escribanos de los juzgados reales que hicieran relación de los autos originales de un pleito.
Traslado dado por el escribano Manuel Antonio de Aranguren en Bilbao el 3 de octubre de 1763.

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0010-099-FSS_A.F.A._AMPUERO/N.2664 · Item · 1805-07-31 - 1840-01-01
Part of FSS_A.F.A. (1429-7-7/1983-4-5) - ARCHIVO FAMILIAR AMPUERO

Correspondencia entre José María Narváez Porcel y Pedro María de Ampuero relativa al nombramiento del primero como familiar de la Santa Inquisición y las pruebas que para ello debía abonar en el tribunal de dicha institución en Logroño.
Contiene: Nota genealógica de José María Narváez Porcel.

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0010-291-FSS_A.F.A._DEL RIO/N.807 · Item · 1601-10-03 - 1601-10-08
Part of FSS_A.F.A. (1429-7-7/1983-4-5) - ARCHIVO FAMILIAR AMPUERO

Mandamiento, y aceptación del mismo, dirigido al Ayuntamiento de Palencia por los inquisidores de Medina del Campo ordenando que se registrase como familiar del Santo Oficio de la Inquisición del número de esa ciudad a Hernando Salvador, vecino de ella.

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0010-291-FSS_A.F.A._DEL RIO/N.809 · Item · 1610-02-06
Part of FSS_A.F.A. (1429-7-7/1983-4-5) - ARCHIVO FAMILIAR AMPUERO

Mandamiento dirigido a Miguel Garrachón, familiar del Santo Oficio de la Inquisición en Revenga de Campos, ordenándole que observara y cumpliera el privilegio real por el cual los familiares del Santo Oficio quedaban exentos de tener por huéspedes a hombres de armas, soldados y gente de guerra así como de darles bagajes y de pagar y contribuir en dicho repartimiento.

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