Venta a Gonzalo Pérez de Cartagena de la tercera parte de las casas, huertas y heredades que en Villayerno pertenecen a Juan de Castro, nieto del mercader Alvar González de Castro y de Mencía González, ahora enajenadas para pagar una deuda y en testimonio del escribano Diego de Briviesca.
Contiene: Obligación del vendedor de atenerse al contrato, otorgada el día de la enajenación.
Ajuste y convenio entre Juan de Castro y su esposa Elvira de Salviejo, vecinos de Ampuero, de una parte, y el licenciado Clemente de Escalante, su convecino y curador de cierto Juan de Castro, por el que los primeros ceden a este los bienes que les pertenecen por muerte de Alvar González de Castro y otros caudales, en testimonio del escribano Juan de Aniel.
Traslado sacado en Burgos, el 29 de abril de 1514, por Gerónimo de Santotis.
Contiene: Solicitud de Gonzalo Pérez de Cartagena a la justicia para asegurar la posesión de las casas y heredades que posee en Villayerno.
Venta a Gonzalo Pérez de Cartagena de la tercera parte de las casas, huertas, olmedas y heredades que Alvar González de Castro dejó en Villayerno a su hija Mari González, esposa de Francisco de Vega, en testimonio del escribano Diego de Mena, por trasladarse a vivir los vendedores a la ciudad de Málaga.
Contiene:
- Obligación de los vendedores de atenerse al contrato, otorgada el mismo día de la enajenación.
- Ratificación de la obligación de observancia del pacto, de igual día.
Cédula real de Fernando II que ordena a Fernando y a Juan de Arenas Rubias, hermanos y vecinos de Burgos, la entrega a Gonzalo Pérez de Cartagena de un cuento de maravedís que en ellos depositó el mercader Alvar González de Castro y luego pertenecieron a Catalina González, hija y heredera del mercader, esposa de Gonzalo de Gorjas y suegra del reclamante.
UntitledToma de posesión por María González de Castro, vecina de Burgos y esposa del mercader Hernando de Vega, de unas casas y heredades radicadas en Villayerno que le pertenecen por manda testamentaria de sus padres, Alvar González de Castro y Mencía González, en testimonio del escribano Pedro Sánchez de Burgos.
Contiene: Mandamiento del licenciado Andrés López de Castro, alcalde mayor de la ciudad de Burgos, del 8 de febrero de 1481, para que se dé posesión de los bienes a María González de Castro.
Cláusula del testamento otorgada por Alvar González de Castro y Mencía González, su esposa, ambos vecinos de Burgos, en la que donan a María González, hija natural de Alvar González de Castro, con cierto número de maravedís y bienes para su casamiento.
Contiene: Copia expedida por el escribano Diego de Mena, a petición de María González, fechada en Burgos a 31 de enero de 1477.