Carta de la reina Juana al deán y cabildo de la iglesia de Burgos, confirmatoria de otra de los Reyes Católicos, para que no vendan ciertos lugares que poseen en el alfoz y jurisdicción de la ciudad, lugares dotados en su día por los monarcas antecesores.
Traslado sacado por Pedro de Setién el 5 de agosto de 1510.
Contiene: Cédula de los Reyes Católicos al deán y cabildo de la iglesia de Burgos para que no enajenen ciertos lugares que poseen en el alfoz y jurisdicción de la ciudad, dada en Medina del Campo a 28 de febrero de 1504.
Borrador de una carta, sin firmar, dirigida al Cabildo de Burgos solicitando que le recomiende a los jueces de la sala segunda en el pleito litigado por la villa en 1779 para privar de la mitad de los diezmos y otras pretensiones, que en 1801 se sentenció a su favor, pero que había sido apelada.
UntitledReal Cédula dirigida al deán y cabildo de la iglesia de Burgos y a los encargados del reparto y cobro del subsidio para que a Juan Pérez de Cartagena no se imponga esta contribución en los seis mil maravedís de juro al quitar que compró y le fueron situados en las tercias del lugar de Villayerno.
Contiene: Real Cédula para que no se gire a Juan Pérez de Cartagena el impuesto del subsidio en los seis mil maravedís de juro al quitar que compró en Villayerno, por estar libres de esta contribución y de otras, dada en Valladolid a 27 de agosto de 1544.
Real Cédula dirigida al deán y cabildo de la iglesia de Burgos y a los encargados del reparto y cobro del subsidio para que a Juan Pérez de Cartagena no se imponga esta contribución en los seis mil maravedís de juro al quitar que compró y le fueron situados en las tercias del lugar de Villayerno, por estar libres de esta contribución y de otras.
UntitledSolicitud de Juan Pérez de Cartagena Soria al deán y cabildo de la santa iglesia de Burgos para anular la condena de trescientos ducados que el alcalde Villagómez, de la sala del Crimen de Valladolid, le impuso con destino a la fábrica de ese templo en la causa por la muerte de Juan de la Peña, al considerar que el perdón regio cancela la pena pecuniaria, y acuerdo del capítulo de remitir la petición a los fabriqueros y a un canónigo.
Untitled