Traslado del reconocimiento de dos censos al quitar que recaen sobre los bienes que Asencio de Echavarría compró a María Ochoa de Mendiguren, en venta judicial, el 6 de febrero de 1657, sacado en compulsa por mandato del alcalde y juez ordinario de Durango y testimonio del escribano Juan Ibáñez de Aguiriano.
Contiene: Reconocimiento por Asencio de Echavarría, el 10 de abril de 1658, de un censo de 100 ducados y de otro de 20 ducados de los que son acreedores censualistas, respectivamente, el convento de San Agustín de Durango y Mateo Sáenz de Maturana.
Venta otorgada por Juan Ibáñez de Aguiriano, vecino del Valle de Léniz, a favor de Sancho de Otálora Aguirre, vecino de Aozaraza, de un censo de 30 ducados de vellón y ducado y medio de renta anual contra Domingo de Arrátabe [Ascorbe].
Traslado
Cesión de un gravamen redimible al quitar de 20 ducados de principal y uno de renta al año que el censualista Mateo Sáenz de Maturana, vecino de Durango, en testimonio del escribano Juan Ibáñez de Aguiriano, hace al convento de San Antonio de Durango, cargados contra los bienes de María Ochoa de Echavarría, y notificación de la escritura al censatario Asencio de Echavarría.
Sem títuloImposición de un censo de 30 ducados de vellón de principal y un ducado y medio de renta anual otorgada por Juan Ibáñez de Aguiriano, vecino del Valle de Léniz, a favor de Domingo de Arrátabe [Ascorbe], vecino del mismo lugar.
Sem título