Diligencias instruidas a petición de Pío de Zavala, en nombre y como apoderado de Roca de Urquijo [Avendaño], viuda de Santiago de Unceta y vecina de Vergara, para que se le dé una copia de una escritura de censo de 400 ducados de principal y 12 de rédtos anuales que pertenecía a dicha señora y que gravaba la casería de Olagorta, sita en la anteiglesia de Nachitua, por haberse extraviado en los disturbios de la úlltima guerra.
Contiene: Copia expedida por el escribano Víctor Luis de Gaminde de la imposición de un censo de 400 ducados de vellón de principal y 12 de réditos anuales otorgada por María de Olagorta, viuda de Juan de Herquiaga, Juan de Herquiaga y su mujer María de Aldamir Echevarría, vecinos de Nachitua, a favor de Ignacio Loperena, vecino de Lequeitio, hipotecando para ello las caserías de Olagorta y Aldamir con todas sus pertenencias, ante el escribano Domingo de Uscola en Lequeitio el 6 de diciembre de 1752.
Real sentencia de revista en el pleito incoado por Vicente Dasí Lluesma, vecino de Bétera, contra José de Landecho Mazarredo, Braulio de Zubía y Mariano, José Isaac y Joaquín de Mazarredo, herederos de María Josefa de Urdaibai Hurtado de Mendoza, por la posesión de la mitad de los bienes vinculados que habían pertenecido a Joaquín María Hurtado de Mendoza, siendo absueltos dichos herederos.
Traslado dado por el escribano Víctor Luis de Gaminde en Bilbao el 8 de junio de 1855.
Contiene:
Legalización de la firma de Víctor Luis de Gaminde por parte de los escribanos de Bilbao, fechada en Bilbao el 8 de junio de 1855.
Testimonio del encabezado, cláusulas y pie de la contaduría realizada de los bienes que quedaron por muerte de María Josefa Irene de Urdaibai Hurtado de Mendoza realizada a instancia de los herederos de la misma.
Testimonio dado por el escribano Víctor Luis de Gaminde en Bilbao el 8 de junio de 1855.
Contiene:
Legalización de la firma de Víctor Luis de Gaminde por los escribanos de Bilbao, fechada en Bilbao el 8 de junio de 1855.
Certificación de Victor Luis de Gaminde, secretario de la Diputación Provincial de Vizcaya, del reparto que se ha hecho de la distribución del culto y clero en las iglesias de Arrázola, Axpe y Marzana.
Contiene: Razón que se dio a la Diputación en julio de 1842 y según ella se hizo la asignación (1 fol.).