Apertura del testamento otorgado por Alejandro de Sustaeta [Aberáin] el 13 de diciembre de 1649, a petición de su viuda Mariana de Amasa Tolosa, vecina de Elgoibar.
Incluye: Autos de la visita al testamento de Alejandro de Sustaeta Aberáin por el visitador general del Obispado de Calahorra y la Calzada para comprobar si se han celebrado las misas que dejó encargadas Alejandro en su testamento y notificaciones a su viuda para que ordene su celebración. Elgoibar, 8 de julio de 1652 - 27 de julio de 1652 (1 fol.).
0031-446-FSS_OZ_AGUIRRE,C.55,N.3/D.3
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1649-12-16
Part of FSS_OZ (1412-3-13/1983-7-29) - ARCHIVO OTAZU
0014-019-FSS_A.M._MUNIBE,N.567/D.1
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1664-11-30
Part of FSS_A.M. (1200-10-28/1934-9-20) - ARCHIVO MUNIBE.
Imposición de un censo de 350 ducados de plata doble de principal y 15 ducados y medio, 2 reales y 25 maravedís de renta anual otorgado por María Luisa de Gaviola, vecina de Elgóibar, viuda de Andrés de Ibarra Elormendi y como curadora de sus hijas, en favor de la capellanía fundada por Diego de Lizaranzu, ante el escribano Pedro Martínez de Odria.
Trasdado dado por el escribano Francisco de Aizpuru en Elgóibar el 13 de noviembre de 1736.
Inserto:
- Petición de María Luisa de Gaviola solicitando que se le nombrara curadora de sus hijas.
- Decreto accediendo a lo solicitado en la petición antecedente, fechado en Elgóibar el 28 de mayo de 1664.
- Notificación a María Luisa de Gaviola del decreto antecedente, fechada en Elgóibar el 28 de mayo de 1664.
- Aceptación y obligación de la curaduría por parte de dicha señora, fechada en Elgóibar el 28 de mayo de 1664.
- Discernimiento de la curaduría en favor de María Luisa de Gaviola, fechado en Elgóibar el 28 de mayo de 1664.
- Petición de dicha señora para poder imponer el censo y con el mismo redimir otros.
- Auto ordenando que se realizara información de testigos, fechado en Elgóibar el 29 de noviembre de 1664.
- Información de testigos, fechada en Elgóibar el 29 de noviembrede 1664.
- Auto concediendo licencia para la imposición del censo, fechado en Elgóibar el 30 de noviembre de 1664.
Contiene: - Petición de Juan Francisco de Lizaranzu, capellán de la citada capellanía, para que se le diera copia de dicho censo y se citara a realización de la misma a Francisco de Munibe Idiáquez y a María Ignacia de Idiáquez, condes de Peñaflorida.
- Auto accediendo a lo solicitado en la petición antecedente, fechado en Elgóibar el 3 de noviembre de 1736.
- Requisitoria del alcalde de Elgoibar al de Azcoitia para que se citara a dichos condes, fechada en Elgóibar el 3 de noviembre de 1736.
- Auto ordenando que se ejecutara lo establecido en la requisitoria, fechado en Azcoitia el 10 de noviembre de 1736.
- Notificación y citación a los citados condes, fechada en Azcoitia el 10 de noviembre de 1736.
- Inscripción del censo en el Oficio de Hipotecas de Motrico, fechado en Motrico el 14 de julio de 1775
0020-149-FSS_A.U._BEINGOLEA/N.421
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1651-03-23
Part of FSS_A.U. (1288-6-12/1927-1-17) - ARCHIVO URIARTE.
Poder otorgado por el convento de Santa Clara de Elgóibar en favor de Pedro López de Inarra, canónigo de la catedral de Toledo, para que cobrara los réditos de un censo de 230 ducados de principal que dicho convento tenía a su favor, ante el escribano Francisco de Aizpuru.
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