Obligación contraída por Ignacio de Garitaonandía Aguirrebeitia y su mujer María Josefa de Capelastegui Asúa Echevarría, vecinos de Zaldúa, de pagar a los albaceas y curadores de los hijos menores de Juan de Cengotitabengoa y de su mujer Magdalena de Garitaonandia 250 ducados de vellón en los seis años siguientes con unos réditos anuales de 7 ducados y medio, y como garantía hipotecan dos censos con sus réditos, uno de 100 y otro de 250 ducados de vellón de principal.
Copia
0015-107-FSS_A.M.A._VELASCO,C.158,N.4/D.4
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Item
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1810-04-28
Part of FSS_A.M.A. (1333-10-14/1962-3) - ARCHIVO MARQUÉS DE LA ALAMEDA
0015-116-FSS_A.M.A._VELASCO,C.158,N.4/D.5
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Item
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1821-09-26
Part of FSS_A.M.A. (1333-10-14/1962-3) - ARCHIVO MARQUÉS DE LA ALAMEDA
Venta de dos censos, impuestos contra la casería de Capelastegui, cuyo capital asciende a 350 ducados otorgada por Ignacio Garitaonandía Aguirrebeitia y su mujer María Josefa de Capelastegui [Arsúa Echevarría], vecinos de Elorrio, a favor de los hijos menores de Juan de Cengotitabengoa y de su mujer Magdalena de Garitaonandía, entregándoles, el curador de los menores a los vendedores, 100 ducados sobrantes.
Traslado