Requerimiento de Higinio Manuel de Borica [Pérez de Retegui], vecino de Vitoria, en nombre de sus sobrinos, hijos de Diego y de Magdalena de Urquidi Jugo, para proteger los derechos de estos a la sucesión de las capellanías fundadas, en la Iglesia de San Pedro de Vitoria, por varios personas de la familia Jugo.
Incluye: Cláusula del testamento de Ana María de Jugo donde hace los llamamientos para la sucesión de la capellanía que funda en la Iglesia Parroquial de San Pedro de Vitoria y nota sobre la escritura matrimonial de José Manuel de Jugo y de Ignacia María de [González de] Echávarri [Díaz de Durana] (1 fol.).
Partida de bautismo de María Magdalena Josefa de Urquidi Jugo, hija de Agustín de Urquidi y de Bárbara de Jugo [Orrantía], (Valle de San Bartolomé, 20 de julio de 1764).
UntitledLicencia concedida por Teodoro de Croix, gobernador y comandante general de las provincias internas de Nueva España, a Diego de Borica [Pérez de Retegui], para que pueda contraer matrimonio con María Magdalena de Urquidi Jugo.
UntitledInstancia de María Magdalena de Urquidi [Jugo], viuda de Diego Bórica [Pérez de Retegui] dirigida a José de Iturrigaray [Aróstegui], [virrey de Nueva España], para que ordene que la pensión de viudedad que se le ha concedido, que asciende a 500 pesos anuales, se le abonen en Durango, ciudad en la que ha fijado su residencia.
Contiene: Nota marginal firmada por Iturrigaray sobre el mismo tema, fechada en Méjico el 10 de marzo de 1803.
Comunicación de Nemesio Salcedo dirigida a María Magdalena de Urquidi [Jugo] en la que se le informa que, desde el 1 de enero del año 1803, se le abonará la pensión de viudedad en la ciudad [de Durango] y que se le han remitido todos los documentos al intendente de ella.
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