Convenios realizados entre el Marqués de la Alameda [Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala] con Eusebio del Campo, Marcelino Ortiz de Urbina, vecinos de Otaza, y Simón Íñiguez de Ciriano y Manuel de Sarrralde, vecinos de Asteguireta, acerca del pago de la renta y de las contribuciones del año 1812.
UntitledArrendamiento de una casa, con su era, huerta y demás pertenencias y sesenta y nueve heredades sitas en Asteguieta y sus términos, propiedad de Ramón María de Urbina [Gaytán de Ayala], marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, por Nicolás y Eusebio de Campo, Celedonio Ruiz de Garibay y su mujer Catalina Ortiz de Urbina, vecinos de Otaza y Asteguieta, respectivamente, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 35 fanegas de trigo y prórroga del mismo dada por Lorenzo del Prestamero [Sodupe], en repesentación del marqués, por otros 9 años y pago de una renta anual de 42 fanegas de trigo.
Traslado
Relación de las heredades del arrendamiento de Asteguieta que labra Eusebio de Campo.
UntitledArrendamiento de una casa con su caseta, era, cabaña y sesenta heredades, en Otaza y sus términos jurisdiccionales, dado por Ramón María de Urbina [Gaytán de Ayala], marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, a Eusebio del Campo y Damiana Ruiz de Mendarozqueta, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 1.000 reales de vellón.
Traslado
Incluye: Apunte con observaciones para modificar alguna cláusula en la renovación de este arrendamiento (1 fol.).
Arrendamiento de una casa con su caseta, era, cabaña, huerta y sesenta heredades, sitas en Otaza y sus términos jurisdiccionales, dado por Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, a Eusebio del Campo, vecino de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 33 fanegas y 4 celemines de trigo.
Copia