Permuta realizada entre Francisco Antonio de Esquíbel, presbítero capellán en Vitoria y beneficiado en las iglesias de Lopidana, Antezana y Mendoza, y Melchor Iñíguez de Ciriano, vecino de Crispijana, de una rain de traida de 4 cargas del primero sita en el término de El Picón, jurisdicción de Otaza, por otra rain del segundo de traida de 3 cargas y media sita en jurisdicción de Lopidana, más el pago por éste último de 52 reales y medio de vellón.
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Permuta realizada entre Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, y Melchor Iñíguez de Ciriano, vecino de Crispijana, de una heredad de traida de 4 cargas que el primero tiene en el término de Crispijana, llamado Mendibularra, por una heredad que el segundo posee también de 4 cargas de traida, sita en el término de El Picón, jurisdicción de Otaza, más el pago de 30 reales de vellón por el primero.
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Permuta realizada entre Francisco Antonio de Esquíbel, presbítero capellán en Vitoria y beneficiado en las iglesias de Lopidana, Antezana y Mendoza, y Melchor Iñíguez de Ziriano, vecino de Crispijana, por la cual el primero cede un rain de traida de cuatro cargas, sito en el término de El Picón, jurisdicción de Otaza, a cambio de otra rain de traida de tres cargas y media en jurisdicción de Lopidana, más el pago por el segundo de 52 reales y medio de vellón
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Incluye: Información que da un administrador a Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] solicitándole instrucciones (1 fol.).
Arrendamiento de veintiún heredades en términos de la jurisdicciones de Crispijana y Lermanda, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Melchor Íñiguez de Ziriano, vecino del primer lugar, alguna de las 21 heredades, juntamente con su hijo, Juan Íñiguez de Ziriano [Liger], las habían vendido a Cristóbal ese mismo día, con una duración 15 de ellas de 9 años y las otras seis de 12 años y pago de una renta anual, los tres primeros años de 1 fanega de trigo y los nueve restantes de 4 fanegas y media.
UntitledPermuta realizada entre Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, y Melchor Iñíguez de Ziriano, vecino de Crispijana, por la cual se intercambian dos heredades de cuatro cargas cada una, una del primero en el término de Mendibularra, jurisdicción de Crispijana, por otra del segundo en el término de El Picón, jurisdicción de Otaza, más el pago de 30 reales de vellón por el primero.
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