Convenio entre Alejandro Gaytán de Ayala Ansótegui y Francisco Gómez, como mandatario de Asunción Goicoechea Manglano, vizcondesa viuda de Santo Domingo y madre y representante legal de Domingo, María y Asunción Ibarra Goicoechea, para el aprovechamiento del agua procedente de terrenos propiedad de la casa de Yelacoa, propiedad del primero, y que discurría por la de Urrijate, propiedad de dichos menores
Copia.
Poder otrogado por Asunción Goicoechea Manglano, como madre de Domingo María de Ibarra Goicoechea, en favor de Alejandro Gaytán de Ayala Ansótegui, vecino de Marquina, para que diera en arrendamiento cualquiera de los bienes de dicho menor, ante el notario Enrique Miralles Prats.
Contiene:
Legalización de la firma de dicho notario, fechada en Valladolid el 4 de abril de 1908.
Arrendamientos de las ferrerías, molino y salto de agua de Plaza otorgado por Alejandro Gaytán de Ayala, por si y en nombre de Asunción Goicoechea Manglano, como madre de Domingo María de Ibarra Goicoechea, en favor de la sociedad anónima Electra de Plaza, por un plazo de 20 años a razón de 6.000 pesetas al mes los primeros diez, 7.000 los siguientes cinco y 8.000 los últimos cinco.
Contiene:
Rescinsión de dicho contrato por ambas partes, fechada en Jeméin el 31 de enero de 1922.