Testamento y memoria testamentaria de María Concepción de Alcíbar Acharán, vecina de Azcoitia, por los cuales nombraba como sus herederos a Ignacio María, Antonio, Juan Nepomuceno, María Josefa y María Ramona de Balzola Alcíbar, sus hijos, ante el escribano José Manuel de Sistiaga.
Contiene:
Testimonio de la protocolización de la memoria, fechado en Azcoitia el 4 de diciembre de 1815.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Testamento de Antonio de Balzola Alcíbar, vecino de Arrona, por el cual nombraba como sus albaceas a Ignacio María de Balzola e Ignacio María Sabas Balzola, padre, hijo y hermano y sobrino del otorgante respectivamente, y como sus herederos al dicho su hermano y a Juan Nepomuceno y Ramona de Balzola, sus otros hermanos, ante el escribano Juan Bautista de Amilibia.
Copia dada por el mismo escribano fedatario en Cestona el 28 de mayo de 1823.
Renuncia de Ignacio María de Balzola en favor de Rafael de Palacios, como viudo de María Josefa de Balzola, y Ramona, Antonio y Juan Nepomuceno de Balzola, sus hermanos, a sus derechos sobre la herencia de María Antonia de Acharán y María Concepción de Alcíbar, abuela y madre de dichos señores, para el pago de 3.000 ducados que la citada su madre le había adelantado, ante el escribano Manuel Romás de Aramburu.
Inserto:
Poder otorgado en favor de Rafael de Palacios, fechado en Falces el 12 de enero de 1816.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Poderes otorgados por los esposos Rafael de Palacios y Josefa de Balzola, en su nombre y en el de Francisco Paula Badarán, Ramona, Antonio y Juan Nepomuceno de Balzola, en favor de Vicente de Azpiazu Iturbe, procurador del Corregimiento de Guipúzcoa, para que demandara judicialmente a Ignacio de Balzola, cuñado y hermano de dichos otorgantes, y reclamara el pago de 2.000 pesos que éste se había comprometido a pagar mediante una obligación a María Concepción de Alcíbar, su difunta madre, ante el escribano Francisco Javier de Lersundi.
Copia dada por el mismo escribano fedatario.
Hijuela de Ignacio María, Antonio María, Juan Nepomuceno, María Josefa y Ramona de Balzola por la muerte de María Antonia de Acharán, su abuela, realizada por María Concepción de Alcíbar, hija de la difunta y madre de dichos herederos.
Copia
Expediente de compromiso y liquidación de cuentas de las testamentarías de María Antonia de Acharán y María Concepción de Alcíbar y sus legítimas paternas y maternas entre Ignacio María, Juan Nepomuceno, María Josefa, Ramona y Antonio de Balzola, nietos de la primera e hijos de la segunda.
Contiene:
Recibos, cuentas y cartas relativos a dicha herencia.
Cuenta de lo gastado por Juan José de Elcarte en el viaje de ida y vuelta a Pamplona con motivo del contrato matrimonial de Ramona de Balzola.
FAMILIA YRÍZAR-PALACIOS [#fam0000000FSS0000000000000422010#]Cuenta de lo gastado con motivo de la boda de Ramona Vicenta de Balzola y Francisco Badarán.
Copia.
Contrato matrimonial de Francisco Paula Badarán de Osinalde Zala, natural y vecino de Falces, y Ramona Vicenta de Balzola Alcíbar, natural de Azcoitia, otorgado por el novio y Joaquín María de Alcíbar Acharán, tío de la novia, en nombre de la misma, su madre y su hermano, ante el escribano Sebastián de Barricarte.
Inserto:
- Poder otorgado por Ignacio María de Balzola Alcíbar en favor de María Concepción de Alcíbar Acharán, su madre, fechado en San Sebastián el 23 de diciembre de 1799.
- Sustitución en dicho poder de María Concepción de Alcíbar Acharán por Joaquín María de Alcíbar Acharán, su hermano, fechada en Azpeitia el 27 de diciembre de 1799.
- Poder otorgado por María Concepción de Alcíbar Acharán y Ramona Vicenta de Balzola Alcíbar en favor de María de Alcíbar Acharán, fechado en Azpeitia el 27 de diciembre de 1799.
Contaduría y división de los bienes que quedaron por muerte de María Concepción de Alcíbar entre Antonio y Juan Nepomuceno de Balzola y Rafael de Palacios, como viudo de María Josefa de Balzola, hermana de los anteriores y con poder de Ramona de Balzola y Francisco Paula de Badarán, hermana y cuñado de ellos, hijos y yernos de dicha difunta, ante el escribano Manuel Román de Aramburu.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario en Azcoitia el 9 de octubre de 1846.
Contiene:
Nota sobre el destino de parte de dichos bienes.