Carta de María Josefa Goya dirigida a Maria Tomasa de Hériz, su ama, informándole de que habían realizado 167 agujeros para plantar árboles en el caserío Hériz.
UntitledRecibo otorgado por Luis de Lardizábal en favor de Tomasa de Hériz por el pago de 445 pesetas y 5 céntimos por la redención y cancelación de un censo de 300 pesetas más los réditos anuales favorable a la capellanía fundada por Baltasar de Amézqueta y Juan Martínez de Santander.
UntitledFacturas, recibos y resguardos de pagos de la testamentaría de Tomasa Hériz Cornejo por misas, obras, suscripciones a publicaciones, esquelas, viajes, contribuciones, rentas, etc.
UntitledRecibos de la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana de Guipúzcoa en favor de María Tomasa Hériz Cornejo por el pago de la cuota que le correspondia de los meses de enero a junio de 1938 y 1939.
UntitledCarta dirigida a María Tomasa Hériz Cornejo informándole de la cuota que le había tocado pagar conforme al 5% del importe de las contribuciones directas del año 1938 para sufragar la visita del estadista Conde Ciano y el General Franco a San Sebastián.
UntitledCertificado de la partida de defunción de Tomasa de Hériz expedida por el Registro Civil de Azcoitia.
UntitledParticipaciones de la boda de Luis Hurtado de Mendoza Otazu y Tomasa de Hériz Cornejo.
UntitledCartas de la Sociedad Cooperativa La Asunción dirigidas a Ricardo Otaño comunicándole que a la libreta perteneciente a la difunta Tomasa Hériz Cornejo le correpondía 250 pesetas por su fallecimiento para gastos de funeral y sobre el pago de una factura de 758,75 pesetas.
UntitledCarta de Esteban Hurtado de Mendoza dirigida a Domingo Alberdi relativa a las tasaciones de las propiedades de la difunta Tomasa Hériz Cornejo, madre del primero y de la cual era albacea el segundo, y la división en lotes de las mismas para su partición entre los herederos.
UntitledCartas de Alberto Elósegui, abogado, dirigidas a Domingo Alberdi remitiéndole las copias de la partición de bienes de la difunta Tomasa Hériz Cornejo e indicándole los documnetos que se debían presentar para seguir con los trámites de la misma y acusando el recibo de cierta cantidad de dinero.
UntitledOficio de la Comisión Municipal Permanente de Azcoitia dirigido a Tomasa Hériz agradeciéndole la donación de 3.000 pesetas por el beneficio que resultaba para su chalet y finca por la plazuela abierta frente a la iglesia parroquial.
UntitledCertificado del Ayuntamiento de Azcoitia de que Tomasa Hériz Cornejo, natural de San Sebastián y muerta en dicha villa, había residido en Azcotia durante los últimos 10 años.
UntitledAceptación de la herencia y partición de los bienes que quedaron por muerte de María Tomasa de Hériz Cornejo por parte de María Concepción, Esteban y Roque Hurtado de Mendoza Hériz, hijos y herederos de dicha difunta, y Domingo Alberdi Mendiguren, albacea de la misma, ante el notario Luis Barrueta.
Copia autentificada dada por el mismo notario fedatario para dicha María Concepción en San Sebastián el 11 de mayo de 1928.
Contiene:
- Inscripciones y registros de los bienes en los diferentes registros de la propiedad, fechadas desde el 23 de mayo de 1928 en San Sebastián hasta el 12 de noviembre de 1928 en Azpeitia.
Contrato privado de compromiso entre Pedro Larrañaga Larrañaga, alcalde en funciones del Ayuntamiento de Azcoitia, y Domingo Alberdi Mendiguren, albacea de Tomasa Hériz Cornejo, para la venta de unos terrenos que el citado consistorio había ocupado a la referida difunta para la apertura de un camino por el precio de 6.886,18 pesetas.
UntitledSubrogación de unas tierras en Azcoitia, Azpeitia y Urrestilla y un censo contra la provincia de Guipúzcoa por las caserías de Aritzeta Garaicoa y Aguirre Garaicoa en Régil y la de Zabalaga en Azpeitia en un censo de 12.000 ducados o 33.000 pesetas de principal y 2.910 reales o 742,50 pesetas de renta anual otorgada por Atanasio María de Larrar Amundaráin, con poder de María Josefa de Corral Suelves y Joaquín de Vera Olazábal, marqueses de Narros, en favor de Roque de Hériz Elizalde, con poder de María Concepción Cornejo Yun Ibarbia, su esposa, y José, Tomasa y Rafael de Hériz Cornejo, sus hijos, ante el notario Joaquín Elósegui.
Contiene:
- Poder otorgado por los Marqueses de Narros en favor de Atanasio María de Larrar Amundaráin, fechado en Zarauz el 5 de noviembre de 1881.
- Poder otorgado por los María Concepción Cornejo Yun Ybarbia y José, Rafael y Tomasa de Hériz Cornejo en favor de Roque de Hériz Elizalde, fechado en San Sebastián el 24 de febrero de 1878.
- Poder otorgado por Tomasa de Hériz Cornejo y su marido en favor de Roque de Hériz Elizalde, fechado en Azcoitia el 27 de mayo de 1879.
Copia dada por el mismo notario fedatario a petición de Roque de Hériz Elizalde en San Sebastián el 31 de mayo de 1882. - Inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad de Azpeitia, fechada en Azpeitia el 6 de julio de 1882.
Venta de una heredad en el término de Malcorreta de Azcoitia otorgada por Rosario Zabala Zabala en favor de Tomasa Hériz Cornejo, ambas vecinas de dicha villa, por la cantidad de 12.000 pesetas, ante el notario José Salas Diestro.
Copia dada por el mismo notario fedatario en Segura el día de su otorgamiento.
Contiene:
Inscripción de la venta en el Registro de Hipotecas de Azpeitia, fechada en Azpeitia el 20 de noviembre de 1919.
Cartas de diferentes instituciones religiosas dirigidas a Esteban Hurtado de Mendoza y Domingo Alberdi relativas a las misas celebradas por el alma de Tomasa Hériz Cornejo, madre del primero, y su pago.
UntitledResguardo otorgado por el Ayuntamiento de Azcoitia para Tomasa Hériz Cornejo por la entrega de 2.000 pesetas por el importe de 4 obligaciones de deuda municipal de 500 pesetas cada una al 5% de interés anual.
UntitledAceptación de la herencia y partición de los bienes que quedaron por muerte de María Tomasa de Hériz Cornejo por parte de María Concepción, Esteban y Roque Hurtado de Mendoza Hériz, hijos y herederos de dicha difunta, y Domingo Alberdi Mendiguren, albacea de la misma, ante el notario Luis Barrueta.
Copia autentificada dada por el mismo notario fedatario para el citado albacea en San Sebastián el 7 de mayo de 1928.
Contiene:
- Legalización de la firma del notario, fechada en San Sebastián el 12 de mayo de 1928.
- Inscripciones y registros de los bienes en los diferentes registros de la propiedad, fechadas desde el 5 de julio de 1928 en Atienza hasta el 3 de agosto de 1928 en Medinaceli.