Testamento de Catalina Pérez de Zulaica por el cual nombraba como sus albaceas a Juan de Zulaica, su hermano, y a Jerónimo de Echeveste, su marido, y como su heredero al citado Juan.
FAMILIA YRÍZAR-PALACIOS [#fam0000000FSS0000000000000422010#]Declaración de Jerónimo de Echeveste sobre la rectificación de las cuentas de la testamentaría de [Catalina Pérez de Zulaica], su difunta mujer.
Copia.
Convenio entre Jerónimo de Echeveste [Abalia] y Juan de Zulaica [Atristain] por los bienes que quedaron por la muerte de Catalina Pérez de Zulaica, esposa del primero y hermana del segundo, ante el escribano Domingo Tomás de Artusa.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Contrato matrimonial de los hermanos Francisco Antonio de Zulaica Atristain y Catalina Pérez de Zulaica Atristain con los hermanos María Asencia y Jerónimo de Echeveste Abalia respectivamente otorgado por Juan de Zulaica y Ana María de Atristain, padres de los primeros, y el capitán Jerónimo de Echeveste y Mariana de Abalia, padres de los segundos, ante el escribano Diego de Urrizmerndi.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Consulta e informe sobre la dote y los créditos que quedaron a la muerte de Catalina Pérez de Zulaica y que se disputaban entre Juan de Zulaica, hermano de la difunta, y Jerónimo de Echeveste, viudo de la misma.
Contiene:
Fenecimiento de cuentas entre dichos cuñados, fechada en Aya el 17 de junio de 1742.
Testimonio del escribano Ignacio de Gaztañaga, dado el 3 de diciembre de 1749 a petición de Juan Ignacio de Zulaica, de las cláusulas del testamento de Jerónimo de Echeveste, vecino de Usúrbil, en las cuales relataba los hurtos, robos y otros desfalcos cometidos contra él por Catalina Pérz de Zulaica, su primera mujer.
Contiene:
- Fotocopia de dos folios del citado documento
- Nota mecanografiada explicativa de la presencia de la fotocopia.
Carta de pago otorgada por María Asencia de Echeveste, vecina de Aya, en favor de Francisco de Echeveste, su hermano y residente en Ciudad de Méjico, por el pago de 2.000 pesos como parte de sus legítimas sobre la casa de Galardi y renuncia y cesión de sus derechos sobre la misma a su hermano Jerónimo, ante el escribano Domigo Tomás de Artusa.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.