Opinión del Marqués de Rocaverde acerca de los 40.427 ducados y 8 maravedís de vellón que Esteban Manuel de Aguirre [Arrátabe] y su esposa María Bautista de Aramendi Astigarrivia han de pagar a su padre Carlos Martínez de Aguirre Zalduendo.
UntitledImposición de un censo de 1.000 ducados de vellón de principal y 30 de renta anual otorgado por Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe y su mujer María Bautista de Aramendi [Astigarrivia], vecinos de Motrico, a favor de Pedro de Lizarraga y de su mujer María Josefa de Riaño, de la misma vecindad.
Traslado
Carta de pago de 3.223 pesos otorgada por María Antonia de Aramendi y Miguel de Garmendia, vecinos de Motrico, en virtud del poder dado en Vergara el 10 de mayo de 1745 por Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe y su mujer María Bautista de Aramendi Astigarrivia, vecinos de Vergara, a favor de Teresa de Arriola Arana, vecina de Bilbao.
Traslado sacado en Bilbao el 8 de febrero de 1753 a petición de Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe.
Diligencias instruidas a petición de María Bautista de Aramendi Astigarrivia, natural de Motrico, en las que se nombra curador adlitem a Francisco de Zuázola y solicita que se realice el inventario de los bienes que quedaron por muerte de sus padres, Antonio de Aramendi y Catalina Teresa de Astigarrivia.
Traslado sacado a petición de Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe por Juan José de Elorriaga en Motrico el 12 de abril de 1750.
Contrato matrimonial de Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe, vecino de Vergara, y María Bautista de Aramendi Astigarrivia, vecina de Motrico.
Traslado sacado en Motrico el 23 de abril de 1750.
Informe de Carlos Martínez de Aguirre Zalduendo a Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe sobre el contrato matrimonial y la dote que Teresa de Astigarrivia y Antonio de Aramendi dieron a su hija [María Bautista] para contraer matrimonio con Esteban.
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