Imposición de un censo de 1.000 ducados de vellón de principal y 30 de renta anual otorgado por Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe y su mujer María Bautista de Aramendi [Astigarrivia], vecinos de Motrico, a favor de Pedro de Lizarraga y de su mujer María Josefa de Riaño, de la misma vecindad.
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Redención de la mitad de un censo de 1.000 ducados de vellón de principal y 30 de renta anual otorgado por Francisco de Churruca, escribano de Motrico y su mujer María Teresa de Elorza, vecinos de dicha villa, a favor de Gabriel de Górriz [Pérez de Aumátegui Benitua], presbítero beneficiado de la Iglesia Parroquial de Anzuola, como fiador de su cuñado Esteban Manuel de Aguirre Arrátabe, viudo de María Bautista de Aramendi y vecino de Motrico.
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Redención de la mitad de un censo de 500 ducados de vellón de principal otorgada por Francisco Churruca, escribano de Motrico, y su mujer María Teresa de Elorza, vecinos de dicha villa, a favor de Gabriel de Górriz [Pérez de Aumátegui Benitua], presbítero beneficiado de la Iglesia Parroquial de Anzuola, como fiador de su cuñado Esteban Manuel de Aguirre [Arrátabe] y de su difunta mujer María Bautista de Aramendi [Astigarrivia].
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