Carta sobre la confusión de unas limitaciones en los litigios de construcción en los seles de la ferrería de Cibola.
UntitledCorrespondencia entre [Maria de las] Angustias de [Zuloaga], Marcos de Gallastegui, su procurador, y Juan Carlos de Aréizaga relativa a la venta del vínculo de Cibola.
UntitledArbitrio entre los propietarios de las ferrerías de Cibola, Margarita de Bergara en representación de varios propietarios y Juan de Alduncín, y la de Alduncín, Miguel de Alduncín, por el uso de los montes Galarzegui, Gorosgarate y Tartaola y términos limítrofes.
Sentencia dictada ante el notario Pedro de Aya.
Contiene:
Amojonamiento de las ferrerías.
Traslado.
Despacho de inhibición otorgado por Pascual de Vergara en contra de Juan de Alduncín y los jurados del consejo de la villa de Goizueta para que no puedan cortar leña en los montes limítrofes con la ferrería de Cibola.
Inserto:
Súplica para admitir la inhibición.
Traslado.
Explicación del término de Anizlarrea, cuyo dominio directo es del Cabildo de Roncesvalles, distinguiendo las limitaciones de las herrería Elama, Arrambide y Cibola.
UntitledAmojonamiento de los terrenos que gozan en el monte las herrerías de Cibola, propiedad de Lorenzo de Bergara y Miguel de Alduncín, Alduncín y Olazarreta, ante el escribano Miguel de Bustiain.
Copia de la querella criminal dada en la corte por Lorenzo de Bergara y Miguel de Alduncín contra los vecinos de Goizueta.
Razón del amojonamiento de los terrenos de las ferrerías de Cibola, Alduncín y Olazarreta pertenecientes a Miguel Antonio de Alduncín, María Nicolasa de Larreta y María Francisca de Alduncín, respectivamente.
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