Auto promulgado por el capitán León de Curco a petición de Juan de Alduncín, en el que se verifica el contrato matrimonial de sus progenitores Juan de Alduncín, hijo de Miguel Alduncín y María Fernández de Bértiz y Ana de Arizabalo, hija de Martín Pérez de Arizabalo y Magdalena de Echalar, firmado en Rentería el 4 de agosto de 1574 ante el escribano Martín de Yrizar.
Inserto:
Poder otorgado por Juan de Alduncín a Martín Pérez de Cunietas para actuar en su nombre ante el escribano Francisco de Arana Michelena en 1601.
0004-007-FSS_AAA_ALDUNCIN/N.3
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Item
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1602-07-03
Part of FSS_AAA (1403-5-9/1984-2-11) - ARCHIVO AREYZAGA ALDUNCÍN
0004-010-FSS_AAA_ALDUNCIN/N.585
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1578-10-10
Part of FSS_AAA (1403-5-9/1984-2-11) - ARCHIVO AREYZAGA ALDUNCÍN
Convenio entre Miguel y Juan de Alduncín, padre e hijo, por el cual Miguel le cede la administración de los bienes restantes de la casa y ferrerías de Alduncín que quedaron sin donar en el matrimonio de Juan con Ana de Arizabalo, ante el escribano Martín de Leiza.
Traslado sacado por el mismo escribano fedatario.