Contrato entre María García de Aróstegui y Ana de Olazábal, abuela y nieta, de una parte y Miguel de Iraeta, vecino de Anzuola, de otra por el cual se señalaba el salario que éste último percibiría por su ocupación para el secuestro de los bienes que quedaron por muerte de Martín Pérez de Olazábal, hijo y padre de dichas señoras respectivamente, ante el escribano Juan López de Ozaeta.
Contiene:
Legalización de la firma de Juan López de Ozaeta por los escribanos de Vergara, fechada en Vergara el 13 de julio de 1593.
Obligación contraída por Diego Ramírez, herrador y vecino de Arcos de la Frontera, a favor de Pedro García de Izaguirre, residente en Sevilla, de pagarle 350 reales de plata por haberle comprado seis docenas de herraje mular y por 12 docenas de herraje caballar, ambos con sus clavos.
Incluye:
Diligencias instruidas para la ejecución de los bienes de Diego Ramírez realizada por incumplimiento de la obligación anterior y no haber pagado los bienes comprados al difunto Pedro García de Izaguirre o a su albacea testamentario Miguel de Iraeta, fechadas en Sevilla desde el 19 de marzo al 21 de mayo de 1590 (5 fol.).
Cláusula del testamento de Miguel de Iraeta por la cual ordenaba fundar una capellanía en la iglesia de San Juan de Uzarraga de Anzuola.
Copia.