Declaración de Miguel Ignacio de Olaso y de su mujer María de Abaria [Yun-Ibarbia] acerca de unos créditos contenidos en la hijuela de su madre María Jesús de Yun Ybarbia [Yrízar].
UntitledSumario ordenado formar por Gabriel de Moya, alcalde y juez ordinario de Vergara, relativo a la averiguación de los culpables de un robo en casa de Miguel Ignacio de Olaso, vecino de dicha villa.
UntitledInventario judicial de los muebles, vestuario, alhajas y demás bienes que quedaron por muerte de María Jesús de Yun Ybarbia [Yrízar] en San Sebastián, realizado a petición de su hijo José Manuel de Yrízar [Yun-Ibarbia], vecino de Vergara, en su nombre y en el de su padre Manuel Tomás de Yrízar [Zabala], de su cuñado Miguel Ignacio de Olasso Ulibarri y su mujer María de Abaria [Yun Ibarbia], de la misma vecindad, con poder de que ellos tenía.
UntitledCarta de pago por valor de 1.150 pesos otorgada por Vicente Miguel de Mendizábal, apoderado de Miguel Ignacio de Olassso Ulíbarri y su mujer María de Abaria Yun Ibarbia a favor de José Manuel de Yrízar [Yun Ibarbia] por sí mismo y de José de Olazaga, como curador adbona de María Antonia y Joaquín María de Yrízar [Yun Ibarbia], todos vecinos de San Sebastián, dando por finiquitadas sus diferencias por la herencia de sus padres Manuel Tomás de Yrízar Zabala y su mujer María Jesús de Yun Ibarbia.
Incluye:
Traslado del poder otorgado por Miguel Ignacio de Olassso Ulíbarri y su mujer María de Abaria Yun Ibarbia, vecinos de Vergara, a favor de Vicente de Mendizábal, vecino de San Sebastián, para que pueda otorgar la escritura de convenio con José de Olazaga y José Manuel de Yrízar [Yun Ibarbia] y liquidar las cuentas de las testamentarias de sus padres Manuel Tomás de Yrízar Zabala y de su mujer María Jesús de Yun Ibarbia [Yrízar], fechado en San Sebastián el 22 de noviembre de 1766 (2 fol.).
Cuentas presentadas por Manuel Tomás de Yrízar Zabala y su mujer María Jesús de Yun-Ibarbia [Yrízar] de la curaduría de su hija María de Abaria Yun-Ybarbia, correspondientes a los años 1747 al 1750, ambos inclusive, y aprobación de las mismas por la interesada y su marido Miguel Ignacio de Olaso Ulibarri.
UntitledCarta de pago otorgada por Miguel Ignacio de Olaso Ulibarri, vecino de Beasáin y de Vergara, como marido de María de Abaria [Yun-Ibarbia], a favor de Manuel Tomás de Yrízar Zabala, vecino de Vergara y residente también en Beasáin, y de su mujer María Jesús de Yun-Ibarbia [Yrízar], liquidando así las cuentas de la curaduría y administración de los bienes que estos últimos habían tenido de su hija María.
UntitledCarta de pago otorgada por Miguel Ignacio de Olaso Ulibarri [Mendizábal], vecino de Vergara y de Beasain, a favor de su mujer María de Abaria [Yun-Ibarbia] y de sus padres, Manuel Tomás de Yrízar Zabala y de María Jesús de Yun-Ibarbia [Yrízar], por haber recibido los bienes que se especificaron al casarse con dicha señora.
UntitledContrato matrimonial de Miguel Ignacio de Olaso Ulibarri [Mendizábal], hijo primogénito de Miguel José de Olasso y de María Ignacia de Mendizábal, y de María de Abaria Yun-Ibarbia, hija de María Jesús de Yunybarbia [Yrízar] y de su primer marido Miguel de Abaria [Elósegui].
Traslado sacado por el escribano Juan Miguel de Aguirre Sarasúa mediante decreto judicial para autentificar el traslado sacado el 15 de noviembre de 1758 por el escribano Lorenzo de Larraza, al haberse perdido el original y no encontrarse en los protocolos de dicho escribano que legitimó dicha escritura, fechado en Vergara el 24 de mayo de 1760.
Convenio realizado entre Manuel Tomás de Yrízar Zavala, por sí y como padre y administrador de José Manuel, Joaquín María y María Antonia de Yrízar [Yun-Ibarvia], de una parte, y de la otra Miguel Ignacio de Olaso Ulibarri y su mujer María de Abaria [Yun-Ibarbia], todos vecinos de Vergara y esta última hija del primer matrimonio de María Jesús Yun Ybarbia [Yrízar], madre de los cuatro, para solventar las diferencias por la herencia de su madre.
Incluye:
Recibo emitido por Miguel Ignacio de Olaso Ulibarri y su mujer María de Abaria [Yun-Ibarbia] a favor de Manuel Tomás de Yrízar Zavala por haberles entregado la escritura de una acción de 500 pesos, fechado en Vergara el 11 de julio de 1762.
Traslado sacado a petición de Manuel Tomás de Yrízar Zavala, en Vergara el 14 de junio de 1763.