Prenda de un terreno concejil de 3.784 estados cuadrados de superficie y 10 árboles trasmochados en el término llamado Lorvidegoena, jurisdicción de Elgueta, otorgada por Ignacio de Sarasqueta, síndico procurador general de Elgueta y comisionado por el ayuntamiento de dicha villa, a favor de Domingo de Aranzábal, vecino de ella, tasado en 353 reales y 30 maravedís de vellón, en tanto no se le abonara esta cantidad que se le adeudaba por suministros que realizó de armas y granos a partidas carlistas.
Incluye:
- Declaración de Juan Ángel de Anguiozar, perito agrimensor y vecino de Elgueta, de la medición, amojonamiento y tasación de una porción de tierra concejil en el término llamado Lorvidegoena a petición de Joaquín de Yrízar [Moya], fechada en Anguiozar el 22 de abril de 1826.
- Certificación de Andrés Domingo de Iturbe, comisionado del Ayuntamiento de Elgueta, de que Domingo de Aranzábal, vecino de Elguea, tiene 353 reales y 30 maravedís a su favor por importe de armas y granos que anticipó a las partidas realistas, fechada en Elgueta el 16 de noviembre de 1826