Subarrendamiento de de las casas, rain, era y huerta, en jurisdicción de Villa Alegre, propiedad de Cristobál Ortiz de Urbina [Alegría] y que Bernardo Ibáñez de Garayo tenía arrendadas, por Magdalena Sáenz de Berrosteguieta, viuda, y su hijo Juan Miguel de Zárate Sáenz de Berrosteguieta, vecinos de Villa Alegre, por el tiempo que falta para cumplir el arrendamiento, es decir siete años, y pago de una renta anual de 3 fanegas y tres cuartas de trigo.
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Ratificación y aprobación por Corona Ignacia de Ugarte Aguirre, mujer de Pedro González de Echávarri, de la escritura de ajuste y convenio otorgada por su marido con Juan Antonio de Recalde Plaza, vecino de Vergara, como apoderado de Alejandro de Aguirre Amasa, de su mujer Dionísia de Ugarte Aguirre y del hijo de ambos Joaquín Ignacio de Aguirre Ugarte, vecinos de dicha villa, a causa de sus legítimas paterna y materna.
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Imposición de un censo de 50 ducados de vellón de principal y 27 reales y medio de renta anual otorgada por Francisco de Olalde y por su mujer María Ruiz de Mendoza, vecinos de Ilárraza, a favor de Bartolomé de Basterra, vecino de Junguitu.
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Redención de un censo de 125 ducados de vellón de principal y de los réditos atrasados otorgada por Bernardino Ángel de Isunza Eguíluz, caballero de la Orden de Santiago, vecino de Vitoria y poseedor del mayorazgo que fundó Francisco de Eguíluz, a favor de José Díaz de Sarralde [Rodríguez de Mendarozqueta], escribano y vecino de Mendoza.
UntitledContrato matrimonial de Esteban Ortiz de Zárate [Arbinegui], vecino de Vitoria e hijo de Bernardo Ortiz de Zárate [Ancheta] y de María de Arbinegui Gomecha, y de Gregoria González de Junguitu Aréchaga, hija de Isidro González de Junguitu [Sáenz Izquierdo] y de Francisca de Aréchaga [Guereña].
Traslado sacado por el escribano Domingo Ibáñez de Hermua a petición de Bartolomé de Urbina, en Vitoria el 1 de agosto de 1737.
Arrendamiento de una casa con su era, huerta, rain y bodega sita en Villa Alegre, y 9 pedazos de heredades en jurisdicción de dicha villa, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Bernardo Ibáñez de Garayo, vecino de Villa Alegre, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 8 fanegas de trigo el primer año y los demás de 10 fanegas.
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