Ajuste de cuentas realizado entre Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y San Juan de Astegui, vecino de Amorebieta.
UntitledAprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, como principal, su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], y sus padres Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], vecinos de Vitoria, como fiadores, del convenio realizado entre Antonia de Velasco Moreda, vecina en Madrid y tesorera general de la Santa Cruzada para el sexenio 1727-1733, y Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se le encarga a éste último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio y se establecen las bases para dicha administración.
Insertos: El convenio para la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 18 de junio de 1727.
Contrato matrimonial de Pedro Ortiz de Urbina Ocio, vecino de Vitoria e hijo de Juan Ortiz de Urbina y de Catalina de Ocio, y de María [Jesús] de Alegría Ortiz de Urbina, de la misma vecindad e hija de Blas de Alegría y de María López [Ortiz] de Urbina.
Traslado sacado por el escribano Francisco Antonio de Betoñu a petición de Cristóbal Ortiz de Urbina Alegría, en Vitoria el 17 de junio de 1700.
Testamento otorgado por María Jesús de Alegría [Ortiz de Urbina], vecina de Vitoria y viuda de Pedro Ortiz de Urbina [Ocio].
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Incluye: Recibos emitidos a favor de Cristóbal Ortiz de Urbina Alegría por haber abonado los gastos de entierro y de misas por el alma de su difunta madre, María Jesús de Alegría Ortiz de Urbina, fechados en Vitoria, 26 de mayo - 29 de agosto de 1703 (9 fol.).
Poder otorgado por Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, a favor de su mujer, Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], y de su hijo Tomás Francisco, canónigo de la Iglesia Colegial de Santa María de dicha ciudad, para que puedan realizar su testamento con las instrucciones que les da.
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Prórroga del arrendamiento de una casa llamada La Torre y de otra casita contigua a ella con todas sus pertenencias, sitas en Guereña, por Juan de Ayala, vecino de dicho lugar, y de trece heredades en los términos del mismo lugar por dicho señor y por su convecino Domingo de Arróyabe, propiedades de Cristóbal de Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 9 fanegas y media de trigo, el primero, y de 5 fanegas y media, el segundo.
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Incluye: Arrendamiento de una casa llamada La Torre y de otra casita contigua a ella con todas sus pertenencias, sitas en Guereña, por Juan de Ayala, vecino de dicho lugar, y de trece heredades en los términos del mismo lugar por dicho señor y por su convecino Domingo de Arróyabe, propiedades de José Antonio de Zárate [Quevedo], caballero de la Orden de Alcántara, secretario de su majestad y su juez conservador del patrimonio real del Reino de Sicilia y natural de Vitoria, representado en ese acto por su tío y apoderado, Eugenio de Tróconiz, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 9 fanegas de trigo el primero de los inquilinos y de cinco fanegas y media el segundo, fechado en Vitoria el 3 de abril de 1712 ante el escribano Juan Antonio de Maturana (4 fol.)
Arrendamiento de una casa con su huerta y cabaña y treinta y seis heredades sitas en Cucho, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Esteban Lejoste y su mujer Manuela de Espileta, vecinos de Cucho, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 10 fanegas y media de trigo y tres prórrogas del mismo, por el mismo tiempo y pago de una renta anual de 9 fanegas y media de trigo, la última de ellas dada por Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], como usufructuaria de los bienes dejados por su marido, el citado Cristóbal.
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Incluye: Apeo de las heredades que recibe en renta Esteban de Lejoste de Cristóbal Ortiz de Urbina (2 fol.).
Arrendamiento de cinco heredades sitas en términos de la jurisdicción de Antezana de la Ribera, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Pedro de Salazar, vecino de dicho lugar, y Manuel de Salazar, clérigo beneficiado en la iglesia parroquial de dicho lugar, por todo el tiempo que viviesen ambos y pago de una renta anual de 1 fanega de trigo el primer año y de 2 el resto de los años.
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Arrendamiento de once heredades en términos de la jurisdicción de Estarrona, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Tomás [Martínez] de Cestafe, vecino de Estarrona, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 3 fanegas de trigo.
UntitledArrendamiento de dos heredades, una de 20 cargas y la otra de 10, sitas en los términos de La Loca y Recartea [Ricarteas], jurisdicción de Lopidana, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría, vecino de Vitoria, por Francisco López de Sosoaga y su mujer Catalina López de Letona, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 2 fanegas de trigo.
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