Carta de pago otorgada por Pedro de Echavarría [Jáuregui], residente en Sevilla, por sí mismo y en nombre y por poder de su madre Magdalena de Jáuregui, a favor de Martín García de Yrigoin, residente también en Sevilla, por sí y en nombre y poder de Juan García de Marquiegui, cesionario de Catalina de Albíztegui, viuda de Martín Ybáñez de Albíztegui y como tutora de sus hijos, por haber cobrado las cantidades que le dejó debiendo la compañía que Martín tuvo con su padre, dando así por finiquitada la deuda.
Traslado sacado, mediante mandato judicial, a petición del mercader Domingo de Urquizu, por el escribano Mateo de Medina, en Sevilla el 22 de septiembre de 1615.
Venta de un censo de 84 ducados de principal y de 6 ducados de réditos anuales, impuesto sobre la casa de Catalina de Albíztegui, otorgada por Juan Ochoa de Ariola, vecino de Elgueta, a favor de su convecino el bachiller Ybargüen, cura beneficiado de la iglesia parroquial de Nuestra Señora Santa María de dicha villa, por precio de 84 ducados.
Copia sacada por el escribano Juan García de Marquiegui a petición del bachiller Ybargüen.
Incluye:
Notificación de la venta anterior a la impositora del censo, Catalina de Albíztegui, realizada por el escribano Juan García de Marquiegui para que pague los 6 ducados anuales de los réditos al bachiller Ibargüen, fechada en Elgueta el 1 de agosto de 1596.
Venta de un censo de 84 ducados de principal y de 6 ducados de réditos anuales, impuesto sobre los que quedaron a la muerte de Catalina de Albíztegui, otorgada por el bachiller Ybargüen, clérigo beneficiado de la iglesia parroquial de Elgueta, a favor de Pedro Ochoa de Echavarría, vecino de dicha villa, por precio de 84 ducados pagados al contado.
Traslado sacada por el escribano Miguel Pérez de Anguiozar.
Incluye:
Requerimiento realizado por el escribano Miguel Pérez de Anguiozar a petición de Pedro Ochoa de Echavarria, vecino de Elgueta, a Juan de Olaieta, María Pérez de Galarraga y Domenja de Urroxolaegui, mujer legítima de Juan de Olayeta, vecinos de la misma, como herederos y poseedores de los bienes de la difunta Catalina de Albístegui, para que acudan a pagarle a él los réditos del censo que ha comprado, fechado en Elgueta el el 17 de abril de 1609..
Convenio realizado por Martín García de Yrigoyen, residente en Sevilla, de una parte, y Pedro de Tolossa y Pedro de Echavarría, residentes en la misma ciudad, en nombre de Magdalena de Jáuregui, viuda de San Juan Pérez de Echavarría y vecina de Elgueta, como curadora de sus hijos, y Juan García de Marquiegui, como cesionario de su suegra Catalina de Albíztegui, viuda de Martín Ibáñez de Albíztegui, también vecina de Elgueta, como curadora de sus hijos, de la otra, liquidando las cuentas de la compañía comercial que el primero tuvo con los fallecidos en Sevilla hasta el año 1580.
UntitledVenta de un monte un robledal de 126 pies de manzanos sita en Hudayaga, jurisdicción de Elgueta, otorgada por Catalina de Albíztegui, viuda de Juan García de Marquiegui y vecina de Elgueta, como madre y tutora de su hijos, a favor de su convecino Juan Fernández de Zabala, por precio de 3 reales y cuartillo cada pie de manzano.
Traslado.