Contrato para dorar el retablo de la ermita del Santo Ángel de la Guarda entre José González, maestro dorador, y Pedro de Villarreal, dueño de la misma.
Contiene:
Recibo otorgado por dicho dorador en favor de Pedro de Villarreal por el pago de su trabajo, fechado en Azcoitia el 19 de octubre de 1728.
Consulta y dictámenes sobre si un presbítero natural de Navarra y con residencia en Azcoitia tenía derecho a la obtención de la capellanía de Agustín de Albisu, beneficiado de Azcoitia.
Contiene:
Testamento de Agustín de Albisu, fechado en Azcoitia el 24 de enero de 1712.
Cuentas de la fundación y administración de la capellanía del Santo Ángel de la Guarda de Azcoitia.
UntitledNombramiento por parte de Antonio de Idiáquez Garnica Cardona Oñaz Loyola, duque de Granada de Ega, de Joaquín de Ayerbe, presbítero y rector de la iglesia parroquial de Beasáin, como capellán de las capellanías de María de Igarza y Petronila de Zuázola, ante el escribano José de Villanueva.
UntitledCarta del Obispo de Pamplona dirigida al Duque de Granada de Ega relativa al nombramiento de capellán para una capellanía y las licencias necesarias para ello.
Untitled- Documentos en que consta la exención de una obligación o la ventaja exclusiva o especial que goza alguien.
Auténtica de las reliquias de la Santa Cruz y de los Apóstoles donadas por Ignacio de Villarreal a la Ermita del Santo Ángel de la Guarda.
Contiene:
- Nota de la citada donación, fechada en Egurbide el 13 de septiembre de 1730.
- Licencia para la retención de las reliquias y su veneración, fechada en Pamplona el 28 de octubre de 1803.
- Subserie formada por los árboles y cuadros genealógicos para conocer los ascendientes, descendientes y diferentes entronques de las familias.
Árboles genealógicos de los ascendientes y descendientes de Antonio y María Josefa de Landa Maíz.
UntitledÁrbol genealógico de la familia Yrízar.
Copia.
Citaciones del Juzgado Municipal de Azcoitia para Ignacio de Yrízar como jurado para diferentes causas.
UntitledTestamento de los esposos José de Yrízar y Josefa de Ubillos por el cual se nombraban como albaceas mutuamente y como heredera a su hija Lorenza, ante el escribano José Coleti de la Calle.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario en Algeciras el 30 de abril de 1841.
Contiene:
Legalización de la firma del escribano, fechada en Algeciras el 30 de abril de 1841.
Donaciones de 60.000 reales y 38 acciones del Banco de España realizadas por José de Yrízar, vecino de Vergara, a su hija Lorenza, ante el notario Luis Gonzaga de Lesarri.
Untitled- División o partimiento que se hace, entre algunas personas, de hacienda, herencia o cosa semejante.
Liquidación y partición de la herencia de Ignacio de Yrízar Palacios otorgada por los hermanos Elena y Luis de Barnoya Berroreta, viuda y cuñado y testamentario de dicho difunto respectivamente.
Copia parcial dada en Vergara el 11 de diciembre de 1971.
Contiene:
- Instancias solicitando la liquidación de derechos reales de varias cuentas del dicho finado, fechadas en Madrid desde el 5 de febrero de 1930 hasta el 2 de diciembre del mismo año.
- Apuntes sobre los criterios seguidos en las tasaciones de la testamentaria, fechados en Azcoitia el 8 de enero de 1930.
- Relación de los lotes de los bienes de dicha testamentaría adjudicados a cada heredero, fechada en Azcoitia el 9 y 10 de enero de1930.
- Nota sobre unos bienes que se había olvidado meter en la testamentaría.
- Relación de documentos entregados a Ricardo Otaño para dicha testamentaría.
Fotocopia del índice de la partición de bienes que quedaron por muerte de Ignacio de Yrízar.
UntitledRelaciones de alhajas y plata de las testamentarías de los esposos Ignacio de Yrízar y Elena de Barnoya.
UntitledCartas de pago otorgadas por José de Yrízar y María Josefa de Ubillos por el pago de la dote y cláusulas de su contrato matrimonial en favor de José Ramón y José Luis de Ubillos, tíos de dicha María Josefa, y Joaquín de Yrízar, hermano de dicho José.
Untitled- Titulación de haber inscrito en el registro de la propiedad la posesión de unos bienes.
- Concierto o acuerdo entre dos o más personas.