Arrendamiento de la tejera de Larracoechea por parte de Francisca de Musaurieta Urbina, propietaria de la misma, a José de Gorostizaga, vecino de Begoña, por un periodo de 6 años a razón de 1.000 reales cada uno de ellos, ante el escribano Antonio Agustín de Quintana.
UntitledArrendamiento de la tejera de Larracoechea por parte de José Joaquín de Ampuero, propietario de la misma, a Juan de Gardeazábal y Bautista de Errecarte, vecinos de Begoña, por un periodo de 5 años a razón de 280 ducados por cada uno de ellos, ante el escribano Juan Antonio de Uríbarri.
UntitledArrendamiento de la tejera de Larracoechea por parte de Francisca de Musaurieta Urbina, propietaria de la misma, a Juan Bautista de Begoña, vecino de Begoña, por un periodo de 6 años a razón de 1.000 reales cada uno de ellos, ante el escribano Antonio Agustín de Quintana.
UntitledArrendamiento de la tejera de Larracoechea por parte de Francisca de Musaurieta Urbina, propietaria de la misma, a Ignacio de Zabala, vecino de Begoña, por un periodo de 4 años a razón de 900 reales cada uno de ellos, debido a la renuncia de José de Gorostizaga al arrendamiento de la misma.
Traslado dado por el escribano Jose Domingo de Arrién en Bilbao a 19 de junio de 1795.
Obligación de pago de 30.000 reales de vellón, al interés del 4%, por un préstamo otorgada por José Joaquín de Ampuero en favor de Antonio de Echevarría, arquitecto, hipotecando para ello la casería de Larracoechea y su tejera.
Traslado dado por el escribano Juan Antonio de Uríbarri en Bilbao a 28 de agosto de 1833.
Contiene:
- Inscripción de la escritura en el Oficio de Hipotecas de Bilbao, fechada en Bilbao a 2 de septiembre de 1833.
Cancelación de la hipoteca sobre la casería y tejera de Larracoechea por el pago por parte de José Joaquín de Ampuero Maguna de 64.000 reales de una obligación a Cástor Novia de Salcedo Ampuero, ante el escribano Fermín María de Ugarte.
Contiene:
- Poder otorgado por Cástor Novia de Salcedo a Alejo Novia de Salcedo, fechado en Madrid a 3 de agosto de 1865.
- Legalización de la firma de José García Lastra por los escribanos de Madrid, fechada en Madrid a 4 de agosto de 1865.