Declaración de Manuel Ignacio de Elcoro y Francisco Ignacio de Elcoro Ariztizábal, peritos nombrados a tal efecto, sobre que un camino carretil que se encontraba cercado debía de estar libre para la servidumbre de los caseríos de Echenausi, Eguzquiza, Oarriaga suso, Elorriaga, Echevarrisoro y Oarriaga.
UntitledArrendamiento de una cantera de yeso de la casería de Oarriaga otorgada por Joaquín de Yrízar Moya, dueño de la misma, en favor de Roque de Mendiguren, vecino de Vergara, por un periodo de 9 años a razón de 500 reales cada uno de ellos, ante el escribano Luis Gonzaga de Lesarri.
UntitledArrendamiento de una cantera de yeso de la casería de Oarriaga otorgada por Joaquín de Yrízar Moya, dueño de la misma, en favor de Gregorio de Gallaztegui Leturia y Marcelino de Ibarzábal Gallaztegui, vecinos de Vergara, por un periodo de 6 años a razón de 600 reales cada uno de ellos, ante el escribano Luis Gonzaga de Lesarri.
UntitledArrendamiento de una cantera de yeso de la casería de Oarriaga otorgada por Joaquín de Yrízar Moya, dueño de la misma, en favor de Gregorio de Gallaztegui Leturia y Marcelino de Ibarzábal Gallaztegui, vecinos de Vergara, por un periodo de 6 años a razón de 600 reales cada uno de ellos, ante el notario Manuel de Arrate.
UntitledArrendamiento de una cantera de yeso de la casería de Oarriaga otorgada por Pedro de Yrízar Ubillos, propietario de la misma, en favor de Manuela de Barrenechea Arando, María Cruz Gargarza, Juan de Ugalde, Juan Olaverría y José Astaburuaga por un periodo de 6 años a razón de 600 reales cada uno, ante el notario Juan Franscisco de Aspiazu.
Copisa sacada por el mismo notario fedatario para Pedro de Yrízar.
Contiene:
Recibo del notario por la realización de una copia de la escritura, fechado en Vergara el 3 de mayo de 1881.
Arrendamiento de dos canteras de yeso en las caserías de Oarriaga y Eguzquiza otorgada por Pedro de Yrizar Ubillos, vecino de Vergara, en favor de Esteban Yrízar Larrea y Valentín Urcelay Larrañaga, de la misma vecindad por un periodo de 20 años a razón de 775 pesetas cada uno.
UntitledCuenta de los jornales y materailes de las obras realizadas en la casería de Ugarrizaga, propiedad de Pedro de Yrízar, por parte de Ladislao Inza.
UntitledCarta de Joaquín de Yrízar Moya dirigida al alcalde de Anzuola, y contestación a la misma, relativa al pago de los diezmos y primicias de la casa de Oarriaga, propiedad de dicho señor.
UntitledArrendamiento de una cantera de yeso de la casería de Oarriaga otorgada por Pedro de Yrízar Ubillos, propietario de la misma, en favor de Manuela de Barrenechea Arando, María Cruz Gargarza, Juan de Ugalde, Juan Olaverría y José Astaburuaga por un periodo de 6 años a razón de 600 reales cada uno, ante el notario Juan Franscisco de Aspiazu.
Copia realizada por el mismo notario fedatario el 3 de abril de 1881 para los arrendatarios.
Carta de Santiago de Madariaga dirigida a Joaquín de Yrízar remitiéndole la póliza de la Sociedad de Seguros Mutuos contra Incendios de Casas y Caseríos de Guipúzcoa de su hermano Luis y solicitándole el pago de varias cantidades.
Contiene:
- Póliza de Sociedad de Seguros Mutuos contra Incendios de Casas y Caseríos de Guipúzcoa en favor de Luis dede Yrízar para las casas de Iritza, Usasti y Oarriaga, fechada en Tolosa el 24 de septiembre de 1931.
- Aviso de la Sociedad de Seguros Mutuos contra Incendios de Casas y Caseríos de Guipúzcoa para el pago de la citada póliza por Luis de Yrízar, fechado en Tolosa el 24 de septiembre de 1931.
Oficio del Ayuntamiento de Anzuola dirigido a Joaquín de Yrízar Moya instándole a que ordenara al inquilino de la casa de Oarriaga a que contribuyera al diezmo y primicia como lo había hecho hasta ahora.
UntitledMedición de la casería de Ugarriaga gañecua y sus pertenecidos realizada por Pío Ganchegui, agrimensor y vecino de Vergara, por orden de Pedro de Yrízar Ubillos, de la misma vecindad.
UntitledOficio del Ayuntamiento de Anzuola dirigido a Joaquín de Yrízar Moya relativo al aumento y pago de las contribuciones de la casería de Ugarriaga.
UntitledObligación de pago de 200 escudos de plata otorgada por Antonio de Jáuregui e Isabel de Oruesagasti, esposos, y Pedro de Oruesagasti, beneficiado de las iglesias de Anzuola, en favor de Juan de Elusa, vecino de dicha villa, para con ellos proceder a la reconstrucción del caserío de Oarriaga, el cual se había quemado en un incendio, ante el escribnao Pedro de Villar.
Contiene:
Nota sobre la redención de dicha obligación, fechada el 21 de septiembre de 1698.