Contrato privado de arrendamiento otorgado por Domingo Pérez de Yrizar [Cataráin] a favor de Gabriel de Aranzeta Urruzelegu, y a los hermanos Domingo y Francisco de Aranzábal de la casa y casería de Egurbidezar con todas sus pertenencias, más las tierras castañales y robles que posee en la casa y casería de Golenhechea , en jurisdicción de Elgueta, por tiempo de 9 años, los dos primeros años sin renta y el resto con una renta anual de 12 fanegas de trigo y 13 ducados en metálico.
Contiene al rev.:
Contrato privado de arrendamiento otorgado por Domingo Pérez de Yrizar [Cataráin] a favor de Juan Bautista de Mújica y de su mujer Ana María de [Gavilondo], vecinos de Elgueta, de la casa y casería de Egurbidezar con todas sus pertenencias, más las tierras castañales y robles que posee en la casa y casería de Golonechea, en jurisdicción de Elgueta, por tiempo de 9 años, con el ganado que les entrega a media ganancia y una renta anual de los dos primeros años de 11 ducados y 14 fanegas de trigo, el tercero de 15 ducados y 15 fanegas de trigo, y los seis restantes de 16 fanegas de trigo y 16 ducados, más todos los años del arrendamiento la mitad de la producción de manzanas, 2 capones y un carro de leña, fechado el 6 de junio de 1723.
Certificación expedida por el escribano Juan Bautista de Ercilla, escribano de Vergara, a petición de Domingo Pérez de Yrizar [Cataráin] de una permuta y unas compras de tierra procedentes del concurso de acreedores realizado a la casería de Golonesea, sita en jurisdicción de Elgueta, y que otorgaron a su favor otros adjudicatarios del concurso.
UntitledArrendamiento otorgado por Domingo Pérez de Yrizar [Cataráin], vecino de Vergara, a favor de Juan Bautista de Múxica y de su mujer Ana María de [Gavilondo], vecinos de Elgueta, de la casa y casería de Egurbidezar, sita en jurisdicción de esta villa, con todas sus pertenencias, más las tierras castañales y robles que posee en la casa y casería de Golonechea, en jurisdicción de Elgueta, por tiempo de 9 años, con el ganado que les entrega a media ganancia y pérdida y una renta anual de los dos primeros años de 14 ducados de vellón y 14 fanegas de trigo, el tercer año de 15 ducados de vellón y 15 fanegas de trigo, y los restantes de 16 fanegas de trigo y 16 ducados, más todos los años del arrendamiento la mitad de la producción del fruto de manzanas, 2 capones y un carro de leña, fechado el 6 de junio de 1723.
UntitledCertificación expedida por el escribano de Elgueta, Pedro de Azcárate Ascasúa, natural y vecino de ella, a petición de Domingo Pérez de Yrizar [Cataráin], de las aplicaciones y pagos realizados a él y a su mujer Francisca Antonia de Zavala Echavarría [Zupide] en el concurso de acreedores formado a la casería de Golonechea y sus pertenecidos, en jurisdicción de la citada villa, por valor de 7.644 reales de vellón.
Contiene:
Certificación expedida por el escribano de Mondragón, Pedro de Ascasúa de que en la aplicación anterior se le dejaron de abonar 475 reales y que se le adjudicaron en el castañal llamado Urristi, fechada en Vergara el 29 de agosto de 1710.