Relación de fincas sitas en los pueblos de Matauco, Tuyo, Subijana, Quijano, Andollu, Argandoña, Villafranca, Ollavarre, Aberásturi, Retana y Junguitu, especificando la renta que paga, su contribución, la tasación de la heredad y el precio de la renta.
MARQUÉS DE LA ALAMEDA [#fam0000000FSS0000000000000583320#]Jungitu (Araba/Álava) [#geo00000000000000000000001510358#]
7 Descripción archivística resultados para Jungitu (Araba/Álava) [#geo00000000000000000000001510358#]
Arrendamiento de cinco heredades sitas en términos de la jurisdicción de Junguitu dado por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria, a Miguel [Ortiz] de Urbina, vecino de dicho lugar, por tiempo de 10 años y pago de una renta anual de 5 fanegas y media de trigo, mitad blanco y mitad valenciano, excepto el primer y último año que pagará 2 fanegas y y tres cuartas de trigo y prórroga del mismo.
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Arrendamiento de cinco heredades sitas en los términos de la jurisdicción de Junguitu dado por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, marqúes de la Alameda y vecino de Vitoria, a Vicente de Aguirre, vecino de dicho lugar, por tiempo de 10 años y pago de una renta anual de 5 fanegas y media de trigo, mitad blanco y mitad valenciano, excepto el primer y último año que la renta será de 2 fanegas y tres cuartas de trigo.
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Arrendamiento de cinco heredades sitas en términos de la jurisdicción de Junguitu, dado por María Francisca e Isabel María de Uriarte Esquíbel, residentes en Vitoria, a Diego Ortiz de Urbina, vecino de dicho lugar, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 5 fanegas y media de trigo blanco y valenciano por mitades, dejando el primer año libre de renta y prórroga del mismo, dada por Juan Francisco de Landázuri Echaburu, caballero de la Orden de Alcántara, por el mismo periodo de tiempo y el pago de la misma cantidad de renta.
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Arrendamiento de cinco heredades sitas en términos de la jurisdicción de Junguitu, dado por Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, a Catalina Ruiz de Gámiz, viuda de Diego [Ortiz] de Urbina, y a su hijastro Miguel de Urbina, vecinos de dicho lugar, por tiempo de 10 años y pago de una renta anual de 5 fanegas y media de trigo, mitad blanco y mitad valenciano y prórroga del mismo por otros 10 años y el pago de la misma renta.
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Arrendamiento de cinco heredades sitas en términos de la jurisdicción de Junguitu, dado por Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, a Bernarda de Gochicoa, vecina de dicho lugar, por tiempo de 6 años y pago de una renta anual de 6 fanegas de trigo, mitad blanco y la otra mitad valenciano.
Traslado
Incluye: Apunte donde se hace constar que desde el año 1806 estas heredades las lleva en arriendo Pedro Ruiz de Gámiz, vecino de dicho lugar, y la única variación que permite este arriendo es que las 6 fanegas de trrigo que paga de renta las pague totalmente en trigo valenciano (1 fol.).
Arrendamiento de cuatro heredades, en jurisdicción de Junguitu, otorgado por Enrique de Otazu Altuna a favor de Narciso Arana y de su hijo Maximino Arana, vecinos de dicho pueblo, por espacio de 9 años y 7 fanegas y media de trigo de renta anual.
Contiene: Hojas de estadística con la relación de las heredades arrendadas, su extensión y sus linderos.