Arrendamiento de veintiún heredades, quince de ellas en términos de la jurisdicción de Crispijana y las seis restantes en los de la de Lermanda, propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria, por Martín Sáez [Sáenz] de Cámara, vecino de Crispijana, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 5 fanegas y media de trigo y prórroga del mismo por el mismo periodo de tiempo y el pago de 6 fanegas de trigo anuales de renta.
Contiene: Apunte, sin firmar, en donde se dice que el 1 de septiembre de 1762, propietario e inquilino llegaron a un acuerdo para que la renta anual de los últimos cuatro años sea de 5 fanegas de trigo.
Lermanda (Araba/Álava) [#geo00000000000000000000001587639#]
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Imposición de un censo de 10.000 maravedís de principal y 730 maravedís de renta anual otorgada por Felipe Cortés y María López de Zárate, marido y mujer, en favor de Andrés Ortiz de Urbina, ante el escribano Juan de Villarreal.
Copia autentificada dada por el mismo escribano fedatario.
Contiene:
Cesiones del censo, ante los escribano Andrés Urbina y Andrés de la Borda, fechadas en Lermanda y Armiñón el 30 de enero de 1607 y el 5 de diciembre de 1615.
Venta de ocho heredades, seis de ellas en términos de la jurisdicción de Lermanda, y las otras dos en los de la de Lopidana otorgada por Juan Iñíguez de Ciriano [Liger], vecino de Guereña, a favor de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por precio de 161 ducados de vellón.
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Apeo, deslinde y reconocimiento de las casas y demás fincas pertenecientes al Marquesado de la Alameda existentes en Otaza, Asteguieta, Lopidana, Antezana, Estarrona, Lermanda, Legarda, Crispijana, Hueto Arriba y en otros lugares próximos, mandado hacer por Íñigo [José] Ortés de Velasco Lapuente [Esquíbel], como marido de Teotiste [María] de Urbina Gaytán de Ayala [Salazar], sucesora de dicho marquesado, vecinos de Vitoria.
Traslado sacado por el escribano Antonio López de Maturana, en Guereña(Álava) el 7 de febrero de 1818.
Incluye: Una nota con la relación de documentos que se enviaron a Juan Antonio Mendívil para que se tengan presentes en el apeo judicial que se iba hacer de los bienes que radican en Guereña y su jurisdicción (1 fol.).
Arrendamiento de veintiún heredades, quince de ellas en términos de la jurisdicción de Crispijana y las seis restantes en los de la de Lermanda, propiedad de Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala, marqués de la Alameda y vecino de Vitoria, por Tomás [Sáenz] de Cámara, vecino de Crispijana, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 7 fanegas de trigo valenciano.
UntitledArrendamiento de veintiun heredades en términos de las jurisdicciones de Crispijana y Lermanda, dado por Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel], patrón divisero de las anteiglesias de San Martín de Marzana, San Miguel de Arrázola y San Juan de Axpe, merino mayor de Valmaseda y marqués de la Alameda, a su antiguo inquilino Tomás Sáenz de Cámara y a su mujer Paula González de Monasterioguren, vecinos de Crispijana, por tiempo de 9 años y pagode una renta anual de 7 fanegas de trigo, mitad blanco y valenciano
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Incluye: Apeo de las heredades, existentes en Crispijana y en Lermanda, que lleva en renta Tomás Sáenz de Cámara, vecino de Crispijana, propiedad del Marqués de la Alameda (4 fol.)
Arrendamiento de veintiún heredades en términos de la jurisdicciones de Crispijana y Lermanda, propiedad de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría], vecino de Vitoria, por Melchor Íñiguez de Ziriano, vecino del primer lugar, alguna de las 21 heredades, juntamente con su hijo, Juan Íñiguez de Ziriano [Liger], las habían vendido a Cristóbal ese mismo día, con una duración 15 de ellas de 9 años y las otras seis de 12 años y pago de una renta anual, los tres primeros años de 1 fanega de trigo y los nueve restantes de 4 fanegas y media.
UntitledArrendamiento veintiún heredades, quince en términos de la jurisdicción de Crispijana y las seis restantes en los de la de Lermanda, propiedad de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria, por Francisca Fernández de Liger, viuda de Melchor Iñíguez de Ciriano y vecina de Crispijana, que ya las llevaba en arriendo, por tiempo de 9 años y pago de una renta anual de 4 fanegas y tres cuartas de trigo.
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