Oficio del Diputado General de Guipúzcoa comunicando una Real Orden por la cual el clero de Guipúzcoa debía contribuir al pago de los arbitrios impuestos para el alimento y sustento de los niños expósitos de la casa inlcusa de San Sebastián.
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Oficio enviado por Miguel de Abadía, comisionado especial de la Diócesis de Calahorrra y la Calzada para la investigación de los bienes raíces, rústicos y urbanos, censos, foros, rentas y demás derechos que posee el clero y las fábricas de la Iglesia adjudicadas al crédito público y para la indemnización con ellos a los legos participes de diezmos, dirigido a Ambrosio María de Orúe, remitiéndole un oficio de la Junta Nacional del crédito público con un extracto del decreto de las Cortes de 29 de junio de 1821 y solicitándole que le remita los datos que le solicita lo antes posible.
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Incluye:
- Decretos de las Cortes españolas del 29 de junio de 1821, 29 de enero de 1822 y 29 de junio de 1822 relativos a la averiguación, toma de posesión y administración de todos los bienes raíces, rústicos y urbanos, censos, foros, rentas y derechos que posee el clero y las fábricas de las iglesias y que se habían aplicado al crédito público y creando juntas en cada diócesis (7 fol.).
- Instrucciones que han de observar los comisionados especiales de las diócesis y los comisionados y contadores del crédito público en las provincias para la ejecución del decreto del 29 de junio de 1821, fechadas en Madrid el 8 de agosto de 1821 (3 fol.).
- Circular, impresa por la Viuda de Larrumbe e hijo, remitida a Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel] remitiendo el acta de la Junta de partícipes legos de diezmos celebrada en Miranda de Ebro 1 de abril de 1822 (1 fol.).
- Instrucción, impresa por la Viuda de Larrumbe e hijo, formada por la Junta de partícipes legos de diezmos y primicias ó con derecho a pensiones para que se proceda con uniformidad, fechada en Vitoria el 30 de julio de 1822 (1 fol.)
- Instrucción de los datos que se deben de presentar al Comisionado especial de bienes eclesiásticos para liquidar cada partícipe secular de diezmos el capital que le corresponde y haya de indemnizársele (1 fol.).
- Relación de los documentos que tiene que remitir Ambrosio María de Orúe a Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel] para la liquidación del importe de los diezmos que percibía en Marzana, Axpe y Arrázola (1 fol.).
Oficio de Ignacio [Esteban] de Igareda, escribano de Cámara y de Gobierno, dirigido a la provincia de Álava remitiendo un Real Decreto prohibiendo a los clérigos regulares y seculares las agencias de pleitos y la cobranza de juros que no correspondan a sus iglesias, conventos o beneficios.
Incluye:
- Auto firmado por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, marqués de la Alameda y diputado general de Álava, ordenando que el citado Real Decreto se imprima y reparta a todas las justicias ordinarias de la Provincia para su cumplimiento, fechado en Vitoria a 24 de diciembre de 1764 (2 fol.).
Este auto contiene el referido oficio de Ignacio de Igareda y el Real Decreto, fechado en San Lorenzo [del Escorial] a 25 de noviembre de 1764.
Oficio de Bartholomé Joseph de Urbina Zurbano sobre la obligación del clero y eclesiásticos de pagar el arbitrio de dos maravedís en azumbre de vino para la financiación de la construcción del camino real.
Fotocopia.
Valentín Olano, primer regidor del Ayuntamiento de Páganos, solicita al vicario eclesiástico de la Vicaría de Laguardia que envíe un sacerdote por encontrarse el sacerdote de dicho pueblo enfermo.
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