Convenio entre la Real Casa de Roncesvalles y Beltrán de Alta, procurador de Miguel de Alduncín, sobre el uso de los terrenos limítrofes con las ferrerías de Alduncín, sitos en el término de Anizlarrea, ante el notario Juan de Villanueva.
Traslado sacado por el mismo notario.
Orreaga/Roncesvalles (Navarra) [#geo00000000000000000000005358953#]
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Convenio y ajuste entre la Real Casa de Roncesvalles y Juan de Alduncín sobre el uso de los árboles que tiene la Real Casa, sitos en el término de Anizlarrea y limítrofes con la ferrería del señor Alduncín, por parte de este último, ante el escribano Beltrán de Iráizoz.
Traslado sacado por el escribano Juan de Pardo.
Imposición de un censo perpetuo por el disfrute de la ferrería de Olazarreta por 26 florines renta anual otorgada por el Cabildo de Roncesvalles, en favor de Juan de Arano y su mujer Jordana de Urrutia, ante el escribano Fernando de Roncesvalles.
Inserto:
Poder otorgado a Miguel de Arróniz, prior del monasterio, para poder actuar en nombre del mismo, fechado en Toro el 21 de octubre de 1542.
Diligencias instruidas a instancia de Manuel María de Aréizaga solicitando al Ayuntamiento de Goizueta la conciliación en el pleito que litigan acerca de las limitaciones de la ferrería de Olazarreta, propiedad del primero, en el monte de Mandoegui, expresando su disposición para el deslinde y amojonamiento de los terrenos.
Contiene:
- Demanda de conciliación.
- Amojonamiento y plano de la ferrería de Olazarreta según las escrituras de 1607.
- Autos, decretos y oficios del Ayuntamiento de Goizueta relativos a la aceptación de la conciliación, el nombramiento de peritos y derechos de montazgo, fechados en Goizueta desde el 22 de febrero de 1845 hasta el 15 de noviembre del mismo año.
- Observaciones e investigaciones acerca del pleito y los derechos de la ferrería con la Real Casa de Roncesvalles, fechados en Goizueta y Roncesvalles desde el 22 de marzo de 1846 hasta el 3 de junio de 1849.
Amojonamiento de los límites entre la Real Casa de Roncesvalles, del término llamado Eliberría, y los terrenos del Palacio de Alduncín, pertenecientes a Juan Carlos de Aréizaga y Nicolasa Alduncín.
Contiene:
- Traslado del amojonamiento de los límites entre la Real Casa de Roncesvalles y los terrenos del Palacio de Alduncín, pertenecientes a Juan Carlos de Aréizaga y Nicolasa Alduncín, realizado por los peritos Juan de Oyarzábal y Juan Fermín de Huici, ante el escribano Juan Bautista de Sampaul.
- Poder dado por Juan Carlos de Aréizaga y Nicolasa Alduncín en favor de Diego Fernández para que pueda reconocer los mojones en su nombre, fechado en Fuenterrabia el 25 de agosto de 1759, ante el escribano Joaquin Antonio de Elizaga.
- Copia del despacho emitido por la Real Corte a instancias de la Real Casa de Nuestra Señora de Roncesvalles instando a la renovación del amojonamiento del término de Eliberría, firmado por Juan de Laurendi, fechada el 9 de agosto de 1770.
- Carta de José Ignacio de Echaide a Juan Esteban de Irurzun indicando el final del amojonamiento, fechada el 16 de abril de 1771.
- Traslado del reconocimiento y amojonamiento del término Eliberría, realizado por los peritos nombrados por José Ignacio de Echaide, apoderado del cabildo de la Real Casa de Roncesvalles, Juan José de Olano, apoderado de María Ignacia de Olano, y Diego Fernández de Igoroin, apoderado de Juan Carlos Areizaga y Nicolasa de Alduncín, dueños de dicho término y limítrofes, ante el escribano Joaquín Ignacio de Arribillaga, fechado el 20 de mayo de 1772.