Poder otorgado por María Ignacia de Oliden y José Antonio de Irure Oliden, madre e hijo, en favor de Ignacio de Ibero, abogado, para que se pusiera de acuerdo amigablemente con Antonio María de Zulaica por los derechos sobre la casa de Larrechezarra, ante el escribano Juan Bautista de Amilibia.
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Poder otorgado por María Manuela de Alberdi Mancisidor, en nombre de su hermano Agustín, en favor de Ignacio de Ibero, abogado, para que se pusiera de acuerdo amigablemente con Antonio María de Zulaica por los derechos sobre la casa de Larrechezarra, ante el escribano Pelayo Juan de Alzuru
UntitledPoder otorgado por los esposos Baltasar de Zubinas y María Josefa de Aróstegui, vecinos de Deva, y María Antonia de Aróstegui, vecina de Cestona, en favor de Ignacio de Ibero, abogado, para que se pusiera de acuerdo amigablemente con Antonio María de Zulaica por los derechos sobre la casa de Larrechezarra, ante el escribano Juan Bautista de Amilibia.
UntitledPoder otorgado por María Josefa Antonia de Leaburu, como albacea de María Agustina de Eznal, en favor de Ignacio de Ibero, abogado, para que se pusiera de acuerdo amigablemente con Antonio María de Zulaica por los derechos sobre la casa de Larreche, ante el escribano Nicolás de Gorostidi.
UntitledPoder otorgado por María Manuela de Alberdi Mancisidor, por si y en nombre de su hermana Josefa Antonia, en favor de Ignacio de Ibero, abogado, para que se pusiera de acuerdo amigablemente con Antonio María de Zulaica por los derechos sobre la casa de Larrechezarra, ante el escribano Pelayo Juan de Alzuru.
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