Bulas de cuarenta días de indulgencia concedida por los obispos de Vitoria y Salamanca para aquellos que oyeran misa, comulgaran o rezaran el rosario en sufragio del alma de Francisca Paula de Ampuero.
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Actas de las reuniones del Ayuntamiento de Echevarría de los días 23 y 29 de abril de 1832 siendo José Joaquín Gaytán de Ayala fiel regidor del mismo.
Copia.
Modelo de cuenta, para con el tesorero de la Santa Cruzada y explicación de lo que es moneda de bula, tomando como ejemplo las bulas que en 1702 se sacaron del Convento de Nuestra Señora del Prado de Valladolid para la predicación de 1703 en el Obispado de Calahorra.
UntitledDiligencias instruidas a petición de Juan Bautista de Goicoechea, vecino de Segura y receptor de la bula de la Santa Cruzada de la vereda de San Sebastián y su partido para el año 1712, para que se le aprueben las fianzas que ha dado para poder ejercer el cargo.
UntitledCarta de Antonia de Velasco Moreda dirigida a su sobrino Sebastián Gallartu informándole que ya ha intercedido ante Bartolomé [Ortiz] de Urbina, que está de acuerdo que le dé las fianzas y que puede pasar a recoger las bulas.
UntitledInstrucción que da Juan de Camargo, obispo, inquisidor general y comisario apostólico general de la Santa Cruzada, de la forma y orden que se ha de guarda y seguir en la administración, predicación. y cobranza de la Bula de la Santa Cruzada, junto con la de difuntos, y composición que Clemente XI concedió al Rey, y la de lacticinios, nuevamente concedida por Benedicto XIII, las cuales se han de publicar el año 1726 para el de 1727.
UntitledAprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, como principal, su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], y sus padres Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], vecinos de Vitoria, como fiadores, del convenio realizado entre Antonia de Velasco Moreda, vecina en Madrid y tesorera general de la Santa Cruzada para el sexenio 1727-1733, y Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se le encarga a éste último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio y se establecen las bases para dicha administración.
Insertos: El convenio para la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 18 de junio de 1727.
Declaración de José de Abadía, vecino de Miranda y colector de la Santa Cruzada, de haber recibido, para su distribución, de Bartolomé José de Urbina, vecino de Vitoria, tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra, las bulas para el consumo de Miranda y que su limosna la entregará en la tesorería en la forma establecida.
UntitledCarta de la Marquesa de Perales del Río [Antonia de Velasco Moreda] dirigida a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano] para que mantenga a su sobrino, Sebastián de Gallartu, en su vereda.
UntitledProvisión de fray Gaspar, [Cardenal] de Molina y Oviedo, obispo de Barcelona y comisario apostólico general de la Santa Cruzada, expedida a petición de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], tesorero del Tribunal de la Santa Cruzada y demás gracias del partido de Santo Domingo de la Calzada, dirigida a los comisarios, jueces apóstólicos, subdelegados de dicho tribunal, mandándoles que restituyan a los receptores de la limosna de la bula de dicho partido la cantidad que depositaron y habían percibido por la conducción de dicha limosna a Vitoria, capital de la tesorería del partido, y que en adelante se ponga el importe de la limosma de las bulas en dicha ciudad.
Contiene: Aceptación de la provisión por José Manuel Romero Medrano, canónigo de la Catedral de Calahorra y juez del Tribunal de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada, en Santo Domingo de la Calzada el 8 de junio de 1734.
Recibo emitido por José de Abadía, colector de las bulas de Miranda de Ebro, de haber recibido de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], tesorero de la Santa Cruzada, 1.000 bulas de vivos, 400 de difuntos y 8 de lacticinios para la predicación del año 1726 en dicha villa de Miranda.
UntitledObligación contraída por Domingo de Vicuña, vecino de Estella, como veredero y sobrecogedor de Olite, su partido y merindad para el sexenio 1740-1745, nombrado por Antonio Manuel de Inojedo [Desojo], también vecino de la misma ciudad, como administrador general de la Santa Cruzada del Reino de Navarra, de repartir la santa bula y percibir su importe comprometiéndose a llevarlo a Estella, para lo cual, como garantía, nombra a dos fiadores.
UntitledPoder dado por Ventura de Pinedo, caballero de la Orden de Santiago, conde de Villanueva, marqués de Perales, del Consejo de Su Majestad y tesorero general de la Santa Cruzada de Castlla y Aragón para el sexenio de 1733-1739, a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria y tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada, para que administre la bula que ha de publicarse y predicarse la primera dominica de adviento de 1737 para el venidero de 1738 y se encargue de su cobranza.
UntitledInformación de testigos realizada por el escribano Juan Bautista de Suinaga para averiguar si los colectores de la bula de la Santa Cruzada de la vereda de San Sebastián han pagado y pagaban a los recaudadores de ella el 2 por ciento del importe de la limosna, excepto en las ciudades de San Sebastián y Fuenterrabía con sus jurisdicciones.
UntitledCertificación expedida por Antonio Manuel de Corcuera, secretario de Su Majestad y de Camara más antiguo del Consejo de la Santa Cruzada, a petición del Conde de Perales, tesorero general de la Santa Cruzada, de que éste solicitó al consejo reformar o recoger las órdenes comunicadas a los tribunales y que dicho consejo ordenó que se suspendiesen todas las órdenes nuevas.
UntitledCuentas de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano con Antonio Manuel de Inojedo [Desojo], tesorero de la Santa Cruzada del Reino de Navarra, de las predicaciones de la bula de la Santa Cruzada del Reino de Navarra hasta 1743 y de los años 1743, 1744 y 1745 y aprobación de las mismas por Antonio Manuel.
UntitledCartas de Ignacio Pedrobueno dirigidas a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano] comentándole asuntos relacionados con el cobro de la bula de la Santa Cruzada y la condición, que se pretendía de obligar a llevar el dinero a la capital.
UntitledProvisión dada por Francisco Pérez de Prado Cuesta, obispo de Teruel y comisario apostólico general de la Santa Cruzada y demás gracias, dirigida a los comisarios, jueces apostólicos, subdelegados del Tribunal de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra mandándoles que la publicación y predicación de la bula del año 1750 se haga por los curas o rectores de sus respectivas iglesias.
UntitledCartas de Rosendo Sáez de Parayuelo, de la Dirección de las Tres Gracias, dirigidas a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano] dándole instrucciones para la administración de la bula de la Santa Cruzada.
Contiene:
- Copia de las instrucciones generales que han de observar los administradores de cruzada en la colectación, beneficio y cobranza de la limosna de la Santa Bula, y reglas de su administración de cuentas de la Real Hacienda.
- Copia de alguna carta escrita por Bartolomé José contestándole y dando información.
Despacho de fray Gaspar, presbítero cardenal de Molina y Oviedo, obispo de Málaga y comisario general apostólico general de la Santa Cruzada dirigida a los comisarios, jueces apostólicos, subdelegados del Tribunal de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra mandándoles que den orden para que en los lugares de dicho obispado que tuviesen menos de 60 vecinos se publiquen y prediquen las bulas para el año 1745 por los curas o rectores de sus iglesias.
UntitledProvisión de Domingo de Bustamante, canónigo de la Santa Iglesia de Toledo y comisario apostólico general de la Santa Cruzada, expedida a causa de una petición de Antonia de Velasco Moreda, marquesa de Perales del Río y tesorera general de la Santa Cruzada, dirigida a los comisarios, jueces apostólicos, subdelegados de la Santa Cruzada y demás gracias de Calahorra, Santo Domingo de la Calzada, Logroño, Vitoria y demás ciudades de dicho obispado, mandándoles que se cumplan los pactos y convenios que las villas y lugares de su partido tengan con el tesorero de la diócesis o sus apoderados en razón de ceder a su beneficio el maravedí que en cada bula corresponde a los cobradores, por el trabajo de conducir lo recaudado a la capital.
Contiene: Notificaciones de la provisión a los tribunales de Calahorra, Santo Domingo de la Calzada, Logroño y a Cristóbal Narciso [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, arcediano y canónigo de la Iglesia Colegial de Santa María de Vitoria y juez subdelegado de la Santa Cruzada, mostrencos y abintestatos de ella y su partido. Calahorra, 23 de septiembre de 1745 - Vitoria, 8 de julio de 1746.
Carta de Manuel Cruzat dirigida a Bartolomé José [Ortiz de] Urbina [Ruiz de Zurbano] comentándole que ha solicitado a la Dirección [de las Tres Gracias] que le aclaren los partidos que le corresponden y que su confusión a aumentado por lo que le propone [Antonio Manuel] Hinojedo [Desojo] y le solicita que le aconseje.
UntitledProvisión dada por Bartolomé Rajoy Losada, canónigo de la Iglesia Metropolitana de Santiago y comisario apostólico general de la Santa Cruzada y demás gracias, mandando a los subdelegados de Vitoria, Bilbao y San Sebastián que atiendan en cualquier causa referente a la publicación, predicación y expedición de la bula de la Santa Cruzada del año 1752 en el Obispado de Calahorra.
Incluye: Apunte, al parecer escrito por Bartolomé Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano.
Edicto del Tribunal de la Santa Cruzada de Logroño declarando cómo debe aplicarse el Indulto Apostólico concedido el 23 de diciembre de 1778.
UntitledBula apostólica del Papa Urbano VIII confirmando las reglas y constituciones de Santa Brígida en España, suavizando el rigor de la primitiva, traducida al castellano por un confesor del convento de Vitoria en el s.XVIII.
UntitledBula en favor de Ignacio de Villarreal y Teresa Nieto Bootello dispensándoles de su tercer grado de consanguinidad para poder contraer matrimonio.
Contiene:
- Carta de Agustín de Gastea dirigida a Ignacio de Villarreal relativa al envío de dicha bula, fechada en Roma el 25 de agosto de 1731.
- Peticiones de Ignacio de Villarreal y Teresa Nieto Bootello solicitando la dispensa de su tercer grado de consanguinidad.
Indulgencia plenaria in articulo mortis otorgada en favor de María Antonia de Acharán y sus parientes.
UntitledBulas de indulgencia plenaria in articulo mortis otorgadas en favor de Francisco de Palacios.
Contiene:
Carta devolviendo las bulas.
Indulgencia del Papa Clemente XIV bendiciendo rosarios, cruces, coronas, estatuas, medallas etc.
Copia.
Breve pontificio de Pío VI autorizando las dispensas a cristianos habitantes en España para comer carne en cuaresma durante los 3 años siguientes a su ejecución.
Contiene:
Certificación de la conformidad del traslado y traducción del breve, fechada en Madrid el 19 de enero de 1779.
Bula de indulgencia plenaria en artículo mortis en favor de José de Yrízar y sus familiares hasta en tercer grado de consanguinidad.
Contiene:
Diligencias practicadas por José de Yrízar para la obtención de dicha bula, fechadas el 11 de mayo 1863.
Carta de pago otorgada por Bartolomé Rodríguez de Mendarozqueta, natural de Mandojana y residente en Mendoza, receptor de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada, como principal, y Jerónimo Díaz de Sarralde [Retana], escribano y vecino de Mendoza, y José Rodríguez de Mendarozqueta, vecino de Apodaca, como sus fiadores, a favor de Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y Martín Ruiz de Aguirre, vecinos de Vitoria, tesoreros generales de la misma, por haber recibido de estos 39.293 bulas correspondientes al año 1710 para su expedición, publicación y repartimiento en Calahorra y demás villas y lugares de su partido, comprometiéndose a entregar el dinero recaudado en los plazos señalados.
UntitledProvisión real de Carlos II ordenando que si Marco Antonio Nuño presentaba alguna bula pontificia fuera requisada y mandada al Consejo Real por ser contrarias al concilio de Trento.
Contiene: Poder otorgado por Esteban Fermín de Marichalar en favor de Juan Tercero, fechado en Madrid a 25 de mayo de 1682.
Escrito de Francisco Javier de Vega, poseedor del mayorazgo fundado por Diego de Rozas, sobre la obligación de dicho poseedor de mandar decir una misa cantada por el alma de Juan de Frías Marañón y comprar bulas de difuntos por dicho señor, el fundador y Mariana de Valladolid, esposa de éste último.
UntitledIndulto apostólico para el uso de carnes.
UntitledRazón del repartimiento de bulas del año 1710 en las veredas del Obispado de Calahorra y la Calzada.
UntitledReal Cédula de Felipe V en la que aprueba el 'Asiento sobre la Tesorería General de la Bula de la Santa Cruzada del sexenio, que empezara á correr la primera Dominica de Adviento de el Año de 1715, y complirá vispera de la Dominica de el de 1721 a cargo de el señor Don Antonio de Gordoniz'.
Copia.
Poder otorgado por Antonia de Velasco Moreda, vecina de Madrid y tesorera general de la bula de la Santa Cruzada de Castilla y León para el sexenio 1721-1727, como única y universal heredera de su marido Antonio de Gordóniz, dado a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria y tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y Santo Domingo de la Calzada, para administrar dicha gracia y especialmente para poder cobrarla en los lugares de dicho obispado y otorguar las correspondientes cartas de pago.
Incluye: Traslado sacado por el escribano Pedro González de Echávarri a petición de Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano de un testimonio dado por el escribano José de Guardamino confirmando que Antonio de Gordóniz , antes de morir, dio poder a su mujer para que otorgase su testamento instituyéndole como heredera de todos sus bienes, derechos y acciones, fechado en Vitoria el 30 de marzo de 1722 (1 fol.).
Cuentas, con cargo y data, de la Tesorería de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada de las predicaciones de los años 1716 al 1751, a cargo de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano.
UntitledPoder otorgado por Antonio de Gordóniz, tesorero general de la Santa Cruzada de Castilla y León, dado a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria y tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra, para administrar dicha gracia y especialmente para poder cobrarla.
UntitledCarta de Antonio de Gordóniz, tesorero general de la Santa Cruzada en los reinos de España y vecino de Madrid, dirigida a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], vecino de Vitoria y tesorero de la Marina de Cantabria y de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada, comunicándole que, ante la invasión francesa en Guipúzcoa y el temor a que pasen a Vizcaya, le envía unos recibos, que en confianza le emite, y seis cartas, con fechas distintas, que comprueban el pago del dinero de las bulas, ambos como medida de prevención y contestación dada por Bartolomé.
Incluye: Declaración de Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano] de que, a causa de la guerra con Francia y ante el temor a una invasión, Antonio de Gorgóniz, le remitió por carta cinco recibos de abono en confianza, a cuenta de dicha tesorería de su cargo, y seis cartas que comprueban a ver recibido dicha cantidad.
Obligación contraída por Juan Ignacio Ruiz de Aguirre, como principal deudor, y Juan Ortiz de Zárate, como su fiador, ambos vecinos de Hueto Arriba, el primero nombrado receptor para repartir y cobrar las bulas de las veredas de Santo Domingo y Vergara del año 1725 por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de Zurbano], vecino de Vitoria, tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y Santo Domingo de la Calzada, de abonar a este último, antes de septiembre del año en curso, el importe de las bulas que les ha entregado para su distribución.
Traslado.
Declaración de Antonio de Alquiza, vecino de Vitoria, de haber recibido, para su distribución, de Bartolomé José de Urbina, vecino de Vitoria, tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra, las bulas de las veredas de Álava, Ochandiano y Aramayona comprometiéndose a entregarlas antes del 20 de marzo de 1727.
UntitledObligación contraída por Diego de Zuloaga Rezával, vecino de Vitoria, nombrado receptor para repartir y cobrar las bulas de Santa Cruzada de la vereda de Calahorra, villas y lugares de su partido por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina Ruiz de Zurbano], vecino de Vitoria, tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada, de abonar a este último, para mediados de octubre del año en curso, el importe de las bulas que éste le ha entregado para su distribución y repartimiento.
Traslado.
Declaración de Gaspar de Pinedo, vecino de Orón y procurador de dicho lugar, de haber recibido de Bartolomé José [Ortiz de] Urbina [Ruiz de Zurbano], tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra, las bulas para el consumo de dicha villa y que su limosna la entregará en la tesorería en la forma establecida.
UntitledDeclaración de Miguel de Pinedo, vecino de Vitoria y procurador de dicho lugar, de haber recibido de Bartolomé José Urbina, vecino de Vitoria y tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra, las bulas para el repartimiento de todos los lugares de la vereda de Álava, Ochandiano y Aramayona, obligándose a entregarlas para el 20 de marzo del presente año.
UntitledAprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, como principal, su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], y sus padres Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], vecinos de Vitoria, como fiadores, del convenio realizado entre Juan de Lasttiri, caballero de la Orden de Santiago y tesorero general de la Santa Cruzada para el sexenio 1733-1739, y José Mateo de Larrea, vecino de Madrid, como apoderado de Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se le encarga a este último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio estableciendo las condiciones para la administración y ratificación también del poder que otorgó Bartolomé a favor de José Mateo para que se encargue de otorgar la escritura en su nombre.
Insertos: El convenio para la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 28 de octubre de 1715 ante el escribano Bartolomé López Calera, y el poder otorgado por Bartolomé a favor de José de Palacios, del consejo de Su Majestad y superintendente general de las estafetas de España, y de José Mateo, ambos vecinos de Madrid, para que, en su nombre, puedan otorgar la escritura de convenio con Juan de Lasttiri, por habersele encargado la tesorería de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para el sexenio 1733-1739, fechado en Vitoria el 30 de diciembre de 1732 ante el escribano Joaquín González de Echávarri Ugarte.
En la guarda figura la siguiente nota, al parecer escrita por Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano: 'Se declara que esta escritura de asiento con Juan de Lasttiri, no tuvo efecto, por cuanto le pujó la tesorería general de estos reinos el Conde Marqués de Perales, en quién se remató y con quién capitule el encargarme de esta tesorería del Obispado de Calahorra, debajo de las mismas condiciones acordadas en esta escritura, de que otorgue otra en favor de dicho conde el 14 de marzo de 1733 por testimonio de Joaquín González de Echávarri, escribano del número de esta ciudad y el recibo de 120.000 reales que le di anticipados se hallará dentro de esta'.
Aprobaciones y reconocimientos por Juan de Camargo, obispo inquisidor general de estos reinos y comisario apostólico general de la Santa Cruzada y demás gracias, del poder que Antonia de Velasco Moreda, viuda y heredadera de Antonio de Gordóniz, como tesorera y administradora general de la hacienda de la bula de la Santa Cruzada, tiene dado a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano para que publique la bula para los año 1726 y 1927 y administre dicha gracia en el Obispado de Calahorra.
UntitledPoderes otorgados por Antonia de Velasco Moreda, vecina de Madrid y viuda de Antonio de Gordóniz, como tesorera general de la bula de la Santa Cruzada de Castilla y León para el sexenio 1721-1727, dados a Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, vecino de Vitoria y tesorero de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y Santo Domingo de la Calzada, para administrar dicha gracia y especialmente para poder cobrarla en los lugares de dicho obispado en los años 1726 y 1727.
UntitledReal Provisión de Felipe V dirigida a los responsables de la administración de la Santa Cruzada en la Diócesis de Calahorra dando instrucciones para la predicación, publicación y cobranza de las bulas de la Santa Cruzada en el Obispado de la misma para el año 1727.
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