Declaración de [María Francisca Javiera de Leizaur] en el pleito de posesión de la casa de Gaztealzategui.
Copia.
Declaración
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Declaración del acuerdo entre las hijas de Juan José Belaunzarán, Clementina y Niceta Belauzarán, y sus maridos, Francisco Manuel Egaña y Mariano Ulled, respectivamente, para adquirir a coste común alguno de los bienes embargados al señor Belaunzarán que se subastarán en el remate del día 28.
UntitledDeclaraciones realizadas por José Manuel Mendizábal, en las cuales promete pagar las 2.251,50 pesetas, correspondientes al arrendamiento de los caseríos Balencegui con sus pastos durante la temporada de invierno, en favor de Francisca y Matilde Egaña, vecinas de Zarauz (Gipuzkoa). La declaración de 1944 está firmada por los testigos Francisco Zulaica y Resurrección Amilibia.
Incluye: El recibo por el pago de 100 pesetas correspondiente al anticipo del arrendamiento por 5.000 pesetas de los pastos, fechado el 30 de agosto de 1943 (1 fol.).
Dos reconocimientos de Simón Martín Sanz, doctor de jurisprudencia y abogado del Ilustre Colegio de Valladolid, en favor de Francisco Manuel de Egaña, natural de Zarauz (Gipuzkoa), uno por haber aprobado en 1834 su asignatura en la Universidad de Oñate (Gipuzkoa) y el otro por haber recibido el grado de Bachiller en Leyes en 1840.
UntitledReconocimiento de Juan Martín de Gangoiti, catedrático de la Universidad de Oñate (Gipuzkoa), a instancias y en favor de Francisco Manuel de Egaña, natural de Zarauz (Gipuzkoa), por el cual admite que cursó durante 1830 y 1833 tres cursos de filosofía en la mencionada institución. Firmado por Juan Martín de Gangoiti y por el director del Instituto Superior de Enseñanza de Oñate el señor Ruiz de Zenzaro.
UntitledDeclaración de Gabriel de Capelastegui, perito agrimensor y vecino de Elorrio, de la medición, reconocimiento y tasación que ha realizado a petición de Pedro de Asúa, apoderado del patrón de Marzana, y Juan Agustín de Gastea de un terreno solar vacio de 50 estados y tres cuartos de área y de una heredad de 124 estados y 5 sexmos de área en el término de Padura que ambas partes permutan.
UntitledDeclaración de Bartolomé de Iturrate, vecino de Sarría, de haber recibido de Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel] 8.000 reales de vellón los cuales se compromete a devolvérselos en el presente año.
UntitledDeclaración de María de Salazar [Arbieto], viuda, vecina de Orduña y heredera de sus tios Antonio [Fernández] de Arbieto [Álava] y de Sancho Fernández de Arbieto [Álava], de haber recibido de Pedro de Villafría, vecino de Lastras de Teza, 30.000 maravedís correspondientes al principal de unos censos y que extingue la hipoteca de los bienes sujetos a ella.
Incluye:
- Reconocimiento de un censo de 10.000 maravedís de principal y cinco fanegas de trigo de renta anual que impuso Sancho Martínez de Lastras a favor de Sancho Ferrnández de Arbieto, otorgado por Andrés [Fernández] del Valle, vecino de Lastras de Teza y sucesor en dicho censo, a favor de Sancho Fernández de Arbieto [Álava], fechado el Orduña el 13 de noviembre de 1554 ante el escribano Domingo de Mújica (4 fol.).
_ Apeo realizado a petición de Sancho Martínez de Ayala, curador de Sancho [Fernández] de Arbieto [Álava], de los bienes hipotecados por Sancho Martínez de Lastra para imponer el censo anterior, fechado en Lastras de Teza el 12 de febrero de 1554 ante el escribano Juan López de Lomanillo (3 fol.). - Imposición de un censo de 10.000 maravedís de principal y 5 fanegas de trigo de renta anual otorgada por Sancho Martínez de Lastras, cura beneficiado en la iglesia de Lastras, a favor de Sancho Fernández de Arbieto, vecino de Orduña, fechado en Orduña el 4 de agosto de 1521 ante el escribano Juan Martínez de Arandía (4 fol.).
- Certificación del escribano José Mardones, vecino de San Llorente, de que Francisco Carranza Blanco, vecino de Orduña, presentó cinco escrituras de censo perpetuo, cuatro a favor de Sancho [Fernández] de Arbieto y la quinta de Ana Vélez de Esquíbel y Antonio [Fernández] de Arbieto [Álava] y que se las devolió, por su dificil lectura, para que las tradujera. Fechada en San Llorente el 20 de agosto de 1775 (1 fol.).
Declaración de Pedro José de Astarbe, director de caminos vecinales, maestro de obras y agrimensor, vecino de Durango, de la medición, tasación y demarcación que ha realizado de la porción de monte, perteneciente al Marqués de la Alameda [Íñigo Ortés de Velasco Esquíbel], en el término de Besaide, jurisdicción de Axpe, con destino a solar y plazuela de la casa almacén que la Sociedad minera Aquiles pretende construir en dicho lugar, realizada por encargo de Manuel Agustín de Arzubialde, administrador del marqués, y del director de dicha sociedad.
UntitledCorrespondencia mantenida por Íñigo Ortés de Velasco [Esquíbel] con su primo Diego Manuel [de Arriola Esquíbel], con el procurador José Antonio de Areitio, su administrador Juan Francisco de Oguiza, y con Ramón de Goicoa, Manuel de Larráin, Marcelino Núñez y Marcelino Ardanaz acerca del expediente que se formó para la indemnización del valor de los diezmos que se percibían en las anteiglesias de Marzana, Axpe y Arrázola.
Contiene: Apuntes y anotaciones, al parecer escritas por Íñigo Ortés de Velasco Esquinel, sobre dicho expediente y datos del mismo.
Declaraciones de Tiburcio de Urbina y de Juan de Azconiza, vecinos de Vitoria y maestros albeitares, del reconocimiento que habían realizado, por orden del alcalde de dicha ciudad, a unos caballos en la paradas de Arcaute y Mendiola, pertenecientes a la jurisdicción de Vitoria.
UntitledDeclaración de Juan del Río, vecino de Manurga, de que ha tomado en arrendamiento de María Magdalena Ignacia de Mariaca, como madre y tutora de su hijo mayor Prudencio María, representada por Andrés Fernández de Gobeo, cura beneficiado de Ciriano, una casa y algunas heredades, por tiempo de nueve años y pago de una renta de 4 fanegas de trigo limpio.
UntitledDeclaración de Juan Aravio-Torre del reconocimiento, medición y tasación que ha practicado a treinta y tres heredades sitas en Estarrona, propietario Ramón de Verástegui [Ávila] y que las lleva en arriendo Cirilo Apodaca.
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