Escritura de venta real otorgada por Clementina y Niceta Belaunzarán, hermanas, en favor de Francisco Manuel Egaña, marido de Clementina y vecinos de Zarauz (Gizpuzkoa), de la huerta Astazubi de 56 áreas y 92 centiáreas, en la jurisdicción de Zarauz, a cambio de 5.626 pesetas y 44 céntimos ante el notario Antonio Fernández. La huerta fue adjudicada en subasta pública, siendo Francisco Manuel Egaña el único postor.
Copia realizada a instancias de Clementina Belaunzarán por Sebastián de Endaya en Zarauz el 12 de marzo de 1891.
Contiene: Auto de la adjudicación de la huerta Astazubi en el remate de los bienes de Juan José Belaunzarán a favor de Francisco Manuel Egaña, fechada en Zarauz el 9 de octubre de 1887 (1 fol.).
Protocolización de las actas de varios testimonios entregados por Francisco Manuel de Egaña, vecino de Zarauz (Gipuzkoa), al notario Antonio Fernández sobre el título de propiedad de la casa ubicada en el nº 23 de la calle el Arenal, sita en Zarauz, y su división a través de sorteo entre Niceta, Clementina y José Lázaro Belaunzarán, hermanos y vecino de la misma.
Incluye:
- Reconocimiento de Francisco Manuel de Egaña, vecino de Zarauz, de que la propiedad que compró pertenece a los descendientes de Juan José Belaunzarán, fechado en Zarauz el 4 de octubre de 1885 (3 fol.).
- Certificado compresivo del acta de división por sorteo de la vivienda firmado por Manuel Legarra, fechado en Zarauz el 12 de noviembre de 1885 (4 fol.).
- Resolución de José Vallejo, juez de primera instancia de Azpeitia (Gipuzkoa), que aprueba los resultados del sorteo para la partición de la vivienda entre los tres hermanos, fechado en Azpeitia el 4 de enero de 1886 (2 fol.).
Copia realizada el 16 de septiembre de 1904 por Luis Ortigosa a instancias de Clementina Belaunzarán.
Contiene: - Constancia de su inscripción en el Registro de Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechado en Azpeitia el 24 de octubre de 1904 (1 fol.).
Relación con los derechos devengados por el notario Antonio Fernández a instancias de los herederos de Juan José Belaunzarán, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), durante los años 1884 y 1886.
Contiene:
- Factura firmada por Serafín Tapia por la declaración de herederos, fechada en Azpeitia (Gipuzkoa) el 20 de junio de 1887 (1 fol.).
- Recibo otorgado por Anastasio Hernández por el pago de 29,25 pesetas realizado por Antonio Fernández, fechado en Azpeitia el 14 de noviembre de 1887 (1 fol.).
Adición de una modificación a la contaduría de la herencia de Juan José Belaunzarán solicitada por Niceta y Clementina Belaunzarán, sus hijas herederas, y motivada por la obtención de una cantidad menor del dinero esperado por la venta de unas heredades. Firmada por los licenciados Jesús Alzuru y Eduardo Egaña, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa) y San Sebastián, y validada ante el notario Antonio Fernández, vecinos de Zarauz.
Copia realizada a petición de Clementina Belaunzarán por Antonio Fernández, el 10 de enero de 1889.
Certificación expedida por Antonio Fernández, notario domiciliado en Zarauz (Gipuzkoa), del expediente de información de posesoria realizado a instancia de Luís Guereca, presbítero vicario de la parroquia de Santa Maria de la misma villa, apoderado de la familia del difunto Florencio Gamón, vecino de Rentería (Gipuzkoa), afirmando como herederos y por lo tanto poseedores de la casa llamada Torrelucea, sita en la Calle Mayor de Zarauz, a María Joaquina Goizueta, su mujer y vecina de Rentería. Asimismo se realiza una descripción detallada de la propiedad y finalmente se otorga el poder de vender la propiedad a Luis Guereca en favor de Francisco Manuel de Egaña, vecino de Zarauz a cambio de 7.500 pesetas.
Incluye:
- Plano (escala 1:100) de la casa Torrelucea de las dos plantas.
Contiene: - Apunte de la inscripción al registro de propiedad de Azpeitia, fechado en Azpeitia el 9 de julio de 1877 (1 fol.).
Venta otorgada por Manuel Elizalde en favor de Francisco Manuel de Egaña, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), de un terreno de sembraduría de 25 posturas y media de cabida en el término de Alisal, sito en la jurisdicción de Zarauz, a cambio de 640 reales de vellón ante el notario Antonio Fernández.
Copia realizada el 26 de octubre de 1870 por Antonio Fernández a instancias de Francisco Manuel de Egaña.
Contiene: Constancia de su inscripción en el Registro de Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechado en Azpeitia el 29 de octubre de 1870 (1 fol.).
Escritura del préstamo de 3.200 reales de vellón al 5 por ciento anual de interés a devolver en 2 años concedida por Francisco Manuel Egaña a José Martín Zulaica, vecinos de Zarauz (Gipuzkoa), quien hipoteca, como garantía, el manzanal de 70 posturas ubicado en el término Bustinzuri-aldea, sito en la jurisdicción de Zarauz. Y escritura de cesión del manzanal del término Bustinzuri-aldea a favor del Francisco a cambio de 3.840 reales de vellón por el incumplimiento de los plazos de devolución de la deuda. Realizadas ante el notario Antonio Fernández.
Copias realizadas por Antonio Fernández a instancias de Francisco Manuel Egaña el mismo día de su otorgamiento.
Contiene: Constancias de su inscripción en el Registro de la Propiedad de Azpeitia (Gipuzkoa), fechadas en Azpeitia el 3 de febrero de 1870 y 17 de junio de 1878 (2 fol.).
Acuerdo para el reparto entre Niceta y Clementina Belaunzarán de un trozo del terreno llamado Zalbide-gaña, sito en la jurisdicción de Zarauz (Gipuzkoa), perteneciente a José Lázaro Belaunzarán, hermanos y vecinos de Zarauz, para cubrir la deuda valorada en 818 pesetas y 15 céntimos con cada hermana generada en la testamentaría de Juan José Belaunzarán, su padre. Firmado por Pedro Sáez, perito agrónomo, Antonio de Fernández, representante de Niceta, y Francisco Manuel Egaña, marido y representante de Clementina.
UntitledProtocolización de las diligencias instruidas para la división de los bienes del finado Juan José Belaunzarán, vecino de Zarauz (Gipuzkoa), entre sus herederos Niceta, Clementina y José Lázaro Belaunzarán, hijos del fallecido. Firmada por el notario de Zarauz Antonio Fernández.
Incluye:
- Contaduría realizada por los licenciados Jesús Alzuru y Eduardo Egaña donde además de cuantificar y dividir el patrimonio de Juan José Belaunzarán hacen referencia a las aportaciones de Francisco Manuel Egaña y a la hijuela aplicada a Clementina Belaunzarán, fechada en Zarauz el 20 de abril de 1887 (10 fol.)
- Auto de aprobación de la contaduría por el juez José Vallejo, fechado en Azpeitia (Gipuzkoa) el 4 de mayo de 1887 (2 fol.).
- Relación de los títulos de propiedad de las fincas de la familia Belaunzarán (3 fol.).
Copia realizada a petición de Clementina Belaunzarán por Antonio Fernández en Zarauz el 16 de mayo de 1887.