Poder dado por Celestino Lazcano a Conrado Egaña para percibir el crédito de 2.000 pesetas que le debe Clementina Belaunzarán y otorgar la carta de pago y realizar las escrituras de la cancelación de la hipoteca.
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Poder otorgado por José Joaquín Gaytán de Ayala en favor de Joaquín María de Arzac, vecino de Elgóibar, para que recibiera en su nombre los 11.000 reales de vellón de un préstamo que quería redimir la Cofradía de Mareantes de Ondárroa, ante el escribano José María de Arriola.
Contiene:
- Recibo ortogado por dicho Arzac de la entrega de la citada cantidad, fechado en Ondárroa el 15 de diciembre de 1844.
- Nota sobre dicho préstamo.
Poder otorgado por María del Carmen de Yrízar Barnoya en favor de Lorenzo Ruiz de Arechavaleta para que tomara a préstamo 15.000 pesetas conjuntamente con su hermano Luis, ante el notario José Balbuena Montero.
Copia dada por el mismo notario fedatario en la misma fecha de su otorgamiento.
Contiene:
Legalización de la firma del notario, fechada en Sevilla el 9 de marzo de 1931.
Poder otorgado por Ramón Rodríguez Prieto, vecino de Madrid, a favor de Francisco Javier [Ruiz] Galarreta, procurador de causas de Vitoria, para que le represente en las diligencias que se instruyan para cobrar los 60.000 reales de vellón que le había prestado al Marqués de la Alameda [Ramón María de Urbina Gaytán de Ayala].
Incluye: Testimonio de la obligación contraída, en Madrid el 26 de julio de 1790, por Ramón María de Urbina [Gaytán de Ayala], marqués de la Alameda y vecino de Madrid, de pagar, en el plazo de seis meses, a su convecino Ramón Rodríguez Prieto 60.000 reales de vellón que le había prestado en dinero efectivo y sin interés alguno (3 fol.).
Poder otorgado por Manuel María y José Vicente de Echaniz Galdona en favor de su hermano Antonio Javier, todos vecinos de Motrico, para que reclamara las cantidades que había prestado Andrés de Ibarbulo Galdona, del cual eran herederos, al Consulado de Cádiz, ante el escribano Juan Bautista de Andonaegui.
Inserto:
- Testimonio del convenio sobre sus legítimas otorgado por Antonio Javier, Juan Manuel y Matea de Echániz, fechado en San Sebastián el 26 de mayo de 1825.
- Poder de Manuela de Echániz en favor de su hermano José Vicente, fechado en Chateau Gotier el 18 de enero de 1821.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Contiene:
Sustitución de Antonio Javier de Echániz en dicho poder por Francisco de Illoro, fechado en Elgóibar el 11 de agosto de 1834.
Poder otorgado por José Joaquín Gaytán de Ayala en favor de José de Badiola, vecino de Bilbao, para que en su nombre consiguiera y entregara una escritura de obligación de 200.000 reales de vellón al 5% de interés, ante el escribano José María de Gárate.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Poder otorgado por Juan de Vidarte y su mujer Ana García de Lascuráin [Martínez de Galarrolaza], vecinos de Anzuola, a favor de su hijo Francisco José de Vidarte García de Lascuráin, de la misma vecindad, para que reciba un préstamo de Juan García de Garitano, vecino de Vergara, por valor de 60 ducados de vellón.
UntitledPoder otorgado por Antonio Javier de Echániz, vecino de Elgóibar, en favor de Francisco de Illoro, vecino de Madrid, para que pudiera beneficiar dos certificaciones o libranzas que el otorgante había obtenido en la Contaduría General de Indias contra el Consulado de Cádiz, ante el escribano José María de Arriola.
Contiene:
Legalización de la firma del escribano, fechada el 29 de agosto de 1834.