Aprobación y ratificación de la fundación de un hospicio de peregrinos en la villa de Mondragón por Joaquín de Arrátabe Otálora, presbítero y residente en Madrid, y nombramiento de patrono del mismo en su persona y en la de los descendientes de su hermano Fernando Manuel.
FAMILIA OTAZU [#fam0000000FSS0000000000000567321#]Ratificación
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Aprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, como principal, su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], y sus padres Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], vecinos de Vitoria, como fiadores, del convenio realizado entre Antonio de Gordóniz, residente en Madrid y tesorero general de la Santa Cruzada para el sexenio 1715- 1721, y Jacome de Giraldelli, de la misma residencia, como apoderado de Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se le encarga a este último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio estableciendo las condiciones para la administración y ratificación también del poder que otorgó Bartolomé a favor de Jacome para que se encargue de otorgar la escritura en su nombre.
Insertos: El convenio para la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 28 de octubre de 1715 ante el escribano Alonso Martín Collado y el poder otorgado por Bartolomé a favor de Jacome, fechado en Vitoria el 8 de octubre de 1715 ante el escribano Pedro González de Echávarri.
Aprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano, como principal, su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], y sus padres Cristóbal Ortiz de Urbina [Alegría] y Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], vecinos de Vitoria, como fiadores, del convenio realizado entre Juan de Lasttiri, caballero de la Orden de Santiago y tesorero general de la Santa Cruzada para el sexenio 1733-1739, y José Mateo de Larrea, vecino de Madrid, como apoderado de Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se le encarga a este último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio estableciendo las condiciones para la administración y ratificación también del poder que otorgó Bartolomé a favor de José Mateo para que se encargue de otorgar la escritura en su nombre.
Insertos: El convenio para la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 28 de octubre de 1715 ante el escribano Bartolomé López Calera, y el poder otorgado por Bartolomé a favor de José de Palacios, del consejo de Su Majestad y superintendente general de las estafetas de España, y de José Mateo, ambos vecinos de Madrid, para que, en su nombre, puedan otorgar la escritura de convenio con Juan de Lasttiri, por habersele encargado la tesorería de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para el sexenio 1733-1739, fechado en Vitoria el 30 de diciembre de 1732 ante el escribano Joaquín González de Echávarri Ugarte.
En la guarda figura la siguiente nota, al parecer escrita por Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano: 'Se declara que esta escritura de asiento con Juan de Lasttiri, no tuvo efecto, por cuanto le pujó la tesorería general de estos reinos el Conde Marqués de Perales, en quién se remató y con quién capitule el encargarme de esta tesorería del Obispado de Calahorra, debajo de las mismas condiciones acordadas en esta escritura, de que otorgue otra en favor de dicho conde el 14 de marzo de 1733 por testimonio de Joaquín González de Echávarri, escribano del número de esta ciudad y el recibo de 120.000 reales que le di anticipados se hallará dentro de esta'.
Aprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano y su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], como principal, y su madre Magdalena Ruiz de Zurbano [Madaria], como fiadora, los tres vecinos de Vitoria, del convenio realizado entre Ventura [Fernandéz] de Pinedo, Conde de Villanueva y Marqués de Perales, caballero de la Orden de Santiago y tesorero general de la Santa Cruzada para el sexenio 1739-1745, e Ignacio Pedro Bueno, vecino de Madrid, como apoderado de Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se le prorroga a este último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio estableciendo las condiciones para la administración y ratificación también del poder que otorgó Bartolomé a favor de Ignacio Pedro Bueno para que se encargue de otorgar el convenio en su nombre.
Insertos: El convenio para la prórroga de la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 4 de febrero de 1739 ante el escribano Ramón Barajas Zamora, y el poder otorgado por Bartolomé a favor de Ignacio Pedro Bueno, vecino de Madrid, para que, en su nombre, puedan otorgar la escritura de convenio con el Marqués de Perales, por habersele prorrogado la tesorería de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para el sexenio 1739-1745, fechado en Vitoria el 15 de noviembre de 1738 ante el escribano Pedro Nicolás de Urrechu.
Contiene: Información de testigos realizada, a petición de Bartolomé Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, para comprobar que los bienes hipotecados por éste, como garantía en la ratificación del convenio, son libres de vínculo y de cualquier otra carga, fechada en Vitoria el 16 de marzo de 1739.
Aprobación y ratificación realizada por Bartolomé José [Ortiz] de Urbina [Ruiz de] Zurbano y su mujer Brígida Ortiz de Zárate [González de Junguitu], vecinos de Vitoria, del convenio realizado entre Domingo de Carranza, vecino de Madrid y tesorero general de la Santa Cruzada para el sexenio 1745-1751, e Manuel Álvarez de Toledo, vecino de Madrid, como apoderado de Bartolomé José Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, por el cual se concede a este último la tesorería y administración de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para dicho sexenio estableciendo las condiciones para la administración y ratificación también del poder que otorgó Bartolomé a favor de Manuel Álvarez de Toledo para que se encargue de otorgar el convenio en su nombre.
Insertos: El convenio para la prórroga de la administración de la bula de la Santa Cruzada, fechado en Madrid el 25 de septiembre de 1745 ante el escribano Antonio Martínez de Salazar, y el poder otorgado por Bartolomé a favor de Manuel Álvarez de Toledo, vecino de Madrid, para que, en su nombre, puedan otorgar la escritura de convenio con Domingo de Carranza por habersele concedido la tesorería de la Santa Cruzada del Obispado de Calahorra y la Calzada para el sexenio 1745-1751, fechado en Vitoria el 13 de julio de 1745 ante el escribano Eugenio Ángel de Herrazu.
Contiene: Información de testigos realizada, a petición de Bartolomé Ortiz de Urbina Ruiz de Zurbano, para comprobar que los bienes hipotecados por éste, como garantía en la ratificación del convenio, son libres de vínculo y de cualquier otra carga, fechada Vitoria el 5 de noviembre de 1745.
Copia.
Aprobación y ratificación otorgada por Juan Bautista de Irazazábal, en nombre de Catalina de Goróstegui y Josefa de Altuna [Umansoro], viuda e hija de Juan Pérez de Altuna, de una cuenta dada por Juanes de Aranguren con motivo de la disolución de la compañía que había tenido en Sevilla con dicho difunto, ante el escribano Sebastián de Insaurrondo.
FAMILIA BARROETA [#fam0000000FSS0000000000000357906#]Aprobación y ratificación de una obligación otorgada por Leandro de Sorazábal y Sebastián de Zubimendi, tirador y fundidor de ferrerías respectivamente, por la cual se comprometían a trabajar en la ferrería de Ibarluce para Juan Pérez de Altuna, Francisco de Igarza y compañía por un periodo de 1 año a razón de 88 maravedíes y medio el quintal de hierro, ante el escribano Martín de Beriztáin.
FAMILIA BARROETA [#fam0000000FSS0000000000000357906#]Aprobaciones de las claúsulas del testamento y memorial de Miguel Ignacio de Barroeta por parte de sus hijos Eusebio Antonio, Joaquín José, María Teresa y José Joaquín de Barroeta, ante el escribano Andrés de Iturralde.
Traslado dado por el mismo escribano fedatario.
Contiene:
Recibo otorgado por dicha María Teresa en favor de su hermano José Joaquín por el pago de alimentos, fechado en Marquina el 1 de diciembre de 1761.
Certificación expedida por el vicepresidente de la junta de Clases Pasivas, Mariano Joaquín del Cossio, por la cual se declara el derecho al sueldo anual valorado en 4.500 reales de vellón de Francisco Manuel de Egaña tras su cesamiento como oficial en el Ministerio de la Gobernación. Y su aceptación por parte de Francisco Manuel de Egaña ante el oficial encargado de realizar la nómina.
Contiene: Testimonio del ingreso en la Contaduría Central de la Hacienda Pública, firmado por Antonio Martínez y fechado en Madrid el 7 de febrero de 1856 (1 fol.).
Certificación expedida por oficial el Ministerio de Hacienda, Manuel Esteban Blanco, por el cual se declara el derecho al sueldo anual valorado en 1.750 escudo de Francisco Manuel de Egaña tras su cesamiento definitivo como oficial en el Ministerio de la Gobernación. Firmado por Manuel Estéban Blanco y el señor Alagoz, presidente de la comisión.
Contiene: Testimonio del ingreso en la Contaduría Central de la Hacienda Pública, fechado en Madrid el 31 de agosto de 1868 (1 fol.).